El Municipio rechazó un reclamo por daños a un auto y atribuyó la responsabilidad a una empresa de telefonía
Una vecina había solicitado una indemnización luego de que un poste de madera cayera sobre su vehículo estacionado en calle Lavalle al 600. El Ejecutivo sostuvo que la estructura pertenece a una red de telefonía y que su mantenimiento no corresponde a la comuna.
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El Municipio de Tandil rechazó el reclamo administrativo presentado por una vecina, quien había solicitado una compensación por los daños sufridos por su automóvil tras la caída de un poste de madera mientras se encontraba estacionado sobre la vereda de calle Lavalle al 600 , entre Mosconi y Sáenz Peña.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa decisión fue formalizada mediante el Decreto Nº 1900/2026, firmado por Miguel Lunghi, y se fundamentó en que el elemento involucrado forma parte de la infraestructura destinada a la prestación de servicios de telefonía y, por lo tanto, se encuentra fuera de la órbita de control y mantenimiento del Municipio.
De acuerdo con la presentación realizada por la vecina, el hecho ocurrió el 26 de abril de 2026 y afectó a un Ford Ka. A partir del reclamo, la Secretaría Legal y Técnica analizó las circunstancias del caso y concluyó que no existían elementos que permitieran atribuir responsabilidad patrimonial a la administración comunal.
En los considerandos del decreto se señaló que, para que prospere una demanda indemnizatoria, es necesario acreditar no sólo la existencia del daño sino también la presencia de una acción u omisión imputable al Estado y una relación causal entre esa conducta y el perjuicio denunciado.
Sin embargo, del análisis de las actuaciones surgió que el poste caído pertenecía a la infraestructura utilizada por una empresa prestadora de servicios de telefonía, sobre la cual recaen las obligaciones de instalación, inspección, conservación y adopción de las medidas de seguridad necesarias para evitar daños a terceros.
En consecuencia, el Ejecutivo entendió que el eventual origen del daño se encontraba vinculado con bienes pertenecientes a un tercero ajeno a la estructura municipal, lo que excluía la posibilidad de responsabilizar al Estado local.
Con esos argumentos, la Dirección de Asuntos Jurídicos Administrativos recomendó rechazar el pedido de resarcimiento, criterio que fue compartido por la administración comunal.
De esta manera, el reclamo iniciado por la vecina quedó desestimado y el expediente será archivado, mientras que la resolución deja abierta la posibilidad de que la damnificada impulse eventuales acciones contra la empresa responsable de la infraestructura involucrada en el incidente.
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