El Municipio rechazó un reclamo por daños en un vehículo y apuntó a una maniobra incorrecta de estacionamiento
A través de un decreto firmado por Miguel Lunghi, el Ejecutivo desestimó el pedido de indemnización presentado por una conductora que denunció daños en su automóvil tras impactar contra una boca de tormenta deteriorada en calle Garibaldi. El Gobierno local sostuvo que existió responsabilidad de la propia conductora en el hecho.
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El Municipio de Tandil rechazó un reclamo administrativo iniciado por una vecina, quien había solicitado una compensación económica por los daños sufridos en su vehículo Volkswagen Up!, luego de un presunto impacto con una boca de tormenta ubicada sobre Garibaldi al 1600.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa medida fue oficializada mediante el Decreto Nº 1489/2026, fechado el 13 de mayo, donde el Ejecutivo comunal concluyó que no se encontraban acreditados los presupuestos necesarios para atribuir responsabilidad patrimonial al Estado municipal.
Según surgió del expediente administrativo, la conductora denunció que el episodio ocurrió el 27 de noviembre de 2025 y sostuvo que la boca de tormenta se encontraba deteriorada o rota.
Sin embargo, en los considerandos del decreto, el Municipio señaló que, aun cuando pudiera acreditarse la existencia de daños, también debía demostrarse de manera fehaciente la relación causal entre el hecho denunciado y la responsabilidad estatal.
Además, el Ejecutivo citó normativa nacional y provincial de tránsito vinculada a las maniobras de estacionamiento en la vía pública, que establece la obligación de maniobrar sin invadir la acera y mantener una distancia aproximada de 20 centímetros respecto del cordón.
En ese sentido, el Gobierno local consideró que existió “un aporte causal de la propia damnificada en la producción del perjuicio”, lo que, según indicó, interrumpió la relación causal entre el daño y el accionar municipal.
De acuerdo con un informe elaborado por la Dirección General de Vialidad, la boca de tormenta efectivamente presentaba deterioro y faltantes en su estructura de hormigón armado, aunque aclaró que “no sobresalía del cordón cuneta”.
A partir de esa evaluación técnica, el Municipio concluyó que “la única forma” de que se produjera el siniestro denunciado era mediante “una maniobra incorrecta” efectuada por la conductora, en infracción a la normativa de tránsito vigente.
Finalmente, tras la intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos Administrativos, el Ejecutivo resolvió desestimar el reclamo indemnizatorio y archivar las actuaciones.
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