Salió la ordenanza que prohíbe arrojar, quemar y mantener residuos en espacios públicos y privados
El Concejo la aprobó por unanimidad. Además, impide el vuelco de aguas servidas. El bloque oficialista aclaró que está garantizada la actividad de industrias con hornos y que no abre la puerta a ningún tipo de incineración de basura. El Frente de Todos reclamó el tratamiento de otra ordenanza como “complemento”, que busca el seguimiento por GPS de todos los contenedores que manejan las empresas.
:format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/05/Concejo-13-05-6.jpg)
En la última sesión, el Concejo Deliberante aprobó, por unanimidad, el nuevo régimen sancionatorio específico por arrojar residuos, aguas servidas y realizar quemas en el partido de Tandil. Se trata de un gran avance en pos de evitar la formación de basurales clandestinos, situaciones que han multiplicado las quejas de los vecinos en los últimos años. La ordenanza endureció las multas, pero además habilitó las fotos y videos como pruebas en los procesos que sustancie la Justicia de Faltas.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa propuesta había sido impulsada, en diciembre de 2019, por la concejal de Juntos por el Cambio Matilde Vide, quien trabajó el tema junto a los directores de Inspección General y Habilitaciones, Javier Camgros, y de Servicios, Claudio Fuentes. Tras tomar estado legislativo, permaneció largos meses en el Ejecutivo y regresó al Legislativo en abril, donde logró el acompañamiento de todos los bloques.
Tras la sanción de la norma, ahora se aguarda a que el Departamento Ejecutivo defina el área que será autoridad de aplicación y que proceda a la reglamentación. Una vez publicada en el Boletín Oficial y tras la difusión pertinente, se comenzará a aplicar a los fines de evitar la contaminación ambiental que provocan los desechos, las aguas servidas y las quemas por desmalezamiento y de basura.
Buenas intenciones
En el debate legislativo, la presidenta de la Comisión de Producción, Trabajo y Medioambiente, María Haydée Condino, aclaró que “es un proyecto con buena voluntad y buenas intenciones, que son regular y multar a aquellos que hacen arrojo de basura en espacios tanto públicos como privados, queman basura y hacen arrojo de aguas servidas”.
:format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/05/Concejo-13-05-10.jpg)
En tanto, señaló que las multas que establece superan las del Código de Faltas vigente, por lo cual derogaron esos artículos para reemplazarlos por la flamante norma.
En paralelo, destacó que la propuesta no sólo establece multas más severas, sino que además le otorga posibilidad a los vecinos y al Municipio de aportar fotos y videos para sustanciar las actas cuando detecten estas acciones prohibidas.
Por otra parte, la concejal de Juntos por el Cambio reseñó que durante el debate en comisión, los distintos bloques hicieron aportes que fueron incorporados. Por caso, citó que sumaron la idea de Nilda Fernández, de Integrar, para que las multas puedan ser originadas a partir de la patente del vehículo en que se movilizan los infractores al momento de cometer la falta.
Las controversias
La concejal puso énfasis al aclarar “que quede absolutamente claro, lo hablamos muchísimo con los concejales de la oposición, que la intención de la ordenanza y del bloque era absolutamente preservar la industria local de Tandil que funciona a través de hornos”.
De este modo, se refirió a algunas “controversias” que generó la redacción del artículo 3 del anteproyecto, que fue modificado en plena sesión para evitar cualquier tipo de suspicacia. Atribuyó esa lectura a la “paranoia de algunos”, por lo que ratificó que “de ningún modo Tandil quiere a partir de esta ordenanza que dice en un párrafo ‘queda prohibida la quema de residuos sólidos urbanos’, permitir que industrias ingresen a Tandil para la quema de residuos sólidos urbanos cuando está expresamente prohibido en un párrafo anterior”.
En igual sentido, el presidente de la bancada de Juntos por el Cambio, Mario Civalleri, agregó que “algún pícaro pensó que esta ordenanza ocultaba la intención de trabajar, cuando se hablaba del plano industrial, con la incineración de residuos sólidos urbanos al momento de su disposición final, para ser bien claro”.
Detalló que al realizar la aclaración de que podían funcionar las industrias con hornos, alguien vio que se podría abrir el camino a la incineración como destino final de la basura que genera Tandil, lo que descartó cabalmente.
Al mismo tiempo, Civalleri reseñó que se están estudiando alternativas para la disposición final de los residuos, que es uno de los ejes del Acuerdo del Bicentenario.
Control ciudadano
En conclusión, Maridé Condino afirmó que “esto para nosotros es una buena ordenanza, que va a hacer que el Ejecutivo pueda multar, que el Juzgado de Faltas pueda multar, que las personas puedan presentar como prueba para el inicio de una investigación, de un expediente, un video o una foto”.
Para cerrar, expuso que “esto le va a dar al vecino también el compromiso, porque muchas veces la gente puede salir a caminar o a correr por las sierras y encuentra a personas que están haciendo arrojo de basura, y que el vecino que se enoja también se comprometa, que saque la foto y la envíe al Municipio que podrá, a partir de allí, iniciar un expediente”.
El Frente de Todos reflotó el proyecto de seguimiento satelital de contenedores
El presidente del Frente de Todos, Rogelio Iparraguirre, aprovechó el debate para reclamar el tratamiento de un proyecto “complemento perfecto de esta ordenanza”, tendiente a realizar el seguimiento en tiempo real de los contenedores que ofrecen empresas a privados para la recolección y traslado de residuos.
En principio, resaltó que la gestión integral de los residuos hoy “es parte de la agenda de la ciudadanía en general, del Gobierno municipal a su manera y nuestro, del Frente de Todos”. Por ese motivo, señaló que “nos parecía que ameritaba un debate más amplio e intentar dar puntapié a una discusión más integral”.
:format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2021/05/Concejo-13-05-4.jpg)
En ese sentido, trajo a la palestra la iniciativa que está en la Comisión de Producción, Trabajo y Medioambiente “hace un par de años”, que calificó como un proyecto “muy bueno, que el propio director de Medioambiente Héctor Creparula había visto con muy buenos ojos, que creo que complementa a la perfección esta ordenanza que estamos sancionando, que es un régimen de trazabilidad y control de los contenedores de las empresas de la ciudad”.
Iparraguirre reparó en los grandes basurales clandestinos, como el que denunciaron en la Ruta 30 –en el predio donde hoy está el depósito de Andreani-, y el caso más reciente, en La Porteña, “de proporciones exorbitantes”. Y apuntó como grandes generadoras a las empresas de contenedores “por ahorrarse el costo de pagar el servicio a quien tiene la concesión del relleno sanitario, que es el único destino posible de los contenedores, sean de obra o de lo que sean”.
Fundamentó que “las empresas tienen que pasar por la balanza y pagar, son ingresos para el fisco, en este caso para la concesión; no lo están haciendo. Hay ahí un intríngulis muchas veces con sectores que buscan poner en valor propiedad inmobiliaria y rellenan terrenos, los dejan hermosos”.
Como ejemplo, citó que “hace tres años teníamos un basural, donde incluso vivían familias de recuperadores en la Ruta 30, y hoy hay instaladas empresas de punta, como Andreani, por una práctica que es ilegal, que no está permitida”.
Sumado a eso, sostuvo que inician un basural y se transforman en “la punta de lanza”, ya que luego muchos vecinos se animan a la acción indebida a partir de observar que en determinado lugar se arrojan 4 ó 5 camiones de basura por día.
Sobre la iniciativa, afirmó que “el proyecto es muy sencillo, consiste en un tablero cruzado donde figuran todas las empresas y la cantidad de contenedores y cada vez que una unidad se mueve, Medioambiente puede observar el movimiento online que como disposición final debe tener como único destino el relleno sanitario. Además, contempla multas y sanciones para quienes no lo cumplan”.
Para cerrar, consideró que “sería el complemento perfecto de esta ordenanza” y deseó que pueda tener pronto tratamiento en la comisión.
Multas más severas y compromiso de denunciar, dos ejes de la norma
El nuevo régimen sancionatorio para aquellos que no den el tratamiento adecuado a sus residuos establece que queda prohibido en todo el partido de Tandil arrojar, depositar, quemar y/o mantener residuos sólidos en la vía pública, como así también en espacios públicos o privados, fuera de los destinados por el Municipio para tal fin y para el servicio de recolección domiciliaria y de reciclado.
En relación a los espacios privados, se aclara que podrán actuar en lugares no habitados, sin cerramiento o de un terreno baldío.
Los residuos contemplados por la normativa son de construcción; domiciliarios, orgánicos e inorgánicos; especiales; patogénicos y todo aquello que pueda causar daños directa o indirectamente a seres vivos o contaminar el suelo, la atmósfera o el ambiente en general; además de los que pueda establecer la autoridad de aplicación a través de la reglamentación de la ordenanza.
Quema e incineración
El artículo tercero, que había generado algunas suspicacias a partir de su redacción y resultó modificado, establece que “queda totalmente prohibido en todo el partido de Tandil, la quema y/o la incineración en espacios públicos”.
En tanto, expresa que “en los espacios privados quedará prohibida la quema con la finalidad de desmalezamiento y limpieza de residuos sólidos urbanos que puedan ser reciclados”.
Aguas servidas
En cuanto al arrojo de aguas servidas, queja frecuente por parte de los vecinos, sobre todo en lugares en donde aún no hay red de cloacas, la iniciativa indica que “queda totalmente prohibido en todo el partido de Tandil, el arrojo de agua servida en la vía pública, ya sea proveniente de viviendas con o sin redes cloacales externas, comercios o industrias”.
Como así también, “queda prohibido el arrojo de aguas servidas en predios privados hacia el predio vecino, sea que tenga redes cloacales externas o no”.
La fiscalización
Una de las finalidades de la normativa es otorgar más elementos al Estado municipal para infraccionar y multar. Por caso, quedó expreso que “podrán ser tenidos en cuenta como presunciones que hagan a la prueba para proceder a realizar la infracción que correspondiere aquellas imágenes y/o videos capturados o grabados con cámaras de cualquier dispositivo, ya sean oficiales y/o privadas”.
En paralelo, la Secretaría de Protección Ciudadana, a través del Centro de Monitoreo, remitirá a la autoridad de aplicación el archivo de video producido por el sistema municipal de videovigilancia, con un informe sintético sobre la autenticidad y origen del mismo, el que deberá contener, mínimamente, lo siguiente: lugar, fecha y hora de comisión de la presunta infracción; descripción breve del hecho que constituye la presunta infracción; de ser factible, todo dato que resulte del video y sea conducente para esclarecer el caso.
Por otra parte, quedó previsto que el Departamento Ejecutivo hará una difusión de la ordenanza y una campaña anual para abordar la problemática de la contaminación, en particular sobre el impacto de los residuos, aguas servidas y las quemas.
Las multas
La ordenanza, que aguarda por la reglamentación, prevé que toda persona que arroje residuos, vuelque aguas servidas o realice quemas deberá abonar una multa, cuyo mínimo será de un sueldo municipal, categoría 4 “administrativo”, 35 horas y hasta un máximo de 10 sueldos municipales de idénticas características.
En paralelo, el infractor deberá pagar los gastos que demande la ejecución de los trabajos para volver el espacio afectado al estado anterior, pudiendo optar por realizarlo él mismo. De no optar por la remediación en forma personal y firme la multa pertinente, se dará curso al juicio de apremio.
También quedó previsto que en caso de aquellas personas que no puedan ser debidamente individualizadas y que utilicen un vehículo para arrojar basura en predios públicos y privados, se podrá aplicar multa al titular registral del rodado, además de a quien esté involucrado en el acto infractor. Sumado a eso, en los casos de flagrancia y de no desistir en el accionar, se podrá secuestrar el vehículo.
