Condenaron a un marplatense que atropelló a una adolescente
La justicia local condenó al joven Federico Sasso a seis años de prisión y le impuso diez de inhabilitación para conducir por atropellar y matar a la adolescente Lucía Bernaola, de 14 años.
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El hecho ocurrió en junio de 2017, en Alberti y la Costa, y también resultaron heridos otros jóvenes, mientras conducía ebrio por la costa de Mar del Plata.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl Tribunal en lo Criminal 1 de esta ciudad, integrado por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Juan Manuel Sueyro, encontró a Sasso -de 20 años- responsable de “homicidio culposo calificado por conducción temeraria y lesiones culposas”.
La lectura de la sentencia se hizo pasadas las 14:45 de ayer, en el séptimo piso de los Tribunales de Mar del Plata, situados en Brown y Tucumán.
Al iniciarse el acto judicial, la condena provocó el enojo de la familia Bernaola que se retiró a los gritos de los tribunales, con críticas a los jueces porque esperaban una pena mayor, de 12 años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir.
En el fallo se manifestó que “Sasso es condenado por unanimidad por el delito de homicidio culposo calificado por conducción temeraria y lesiones culposas”.
Por mayoría, los magistrados decidieron no revocar la prisión domiciliaria.
El fiscal Rodolfo Moure, en los alegatos pidió diez años de prisión para Sasso, al considerarlo responsable del delito de “homicidio simple con dolo eventual” por haber atropellado y matado a Bernaola, y solicitó que se lo inhabilite por diez años para conducir todo tipo de vehículos.
El criterio del fiscal
El fiscal sostuvo que quedó comprobado por testigos que pasaron por el juicio que “esa noche Sasso había consumido alcohol”, especialmente vino y ron, y que “antes de conducir los tres amigos que iban con él le dijeron que no manejara, hecho que desoyó”.
Y destacó que el joven, de 19 años, “manejó en estado de ebriedad”, dado que el test de alcoholemia arrojó que tenía 1,23 gramos de alcohol por litro de sangre.
Moure dijo que “el tribunal dispuso que éste fue un hecho culposo o imprudente, y además el tribunal decidió no aplicar los agravantes del test alcoholimétrico, que salió sin oposición en sede penal según el fallo”.
“De lo que surge de la parte resolutiva, el único agravante que han aplicado es el de la culpa temeraria, y no han aplicado la de exceso de velocidad. Básicamente el agravante exige que se sobrepase por 30 kilómetros el máximo de velocidad permitida, y tanto éstas como la de alcohol en sangre no fueron tenidas en cuenta por el tribunal” dijo el fiscal.
Por su parte, el abogado de Sasso -Facundo Capparelli- habló sobre el fallo del Tribunal diciendo a la prensa que “fue un hecho culposo e imprudente”.
Caparelli dijo: “Sasso no cuenta con antecedentes penales y considero que la pena podría llegar a ser excesiva, debido a que solo uno de los tres agravantes fue considerado, a pesar de que los jueces decidieron no aplicar los agravantes del test alcoholimétrico o el exceso de velocidad, pero sí tuvieron en cuenta el agravante de la conducta temeraria”.
En los próximos días, Capparelli dijo que hará un estudio más profundo de la sentencia y analizará si considera la apelación.
Mientras tanto, uno de los abogados de la familia Bernaola, Maximiliano Orsini, manifestó a Télam que “no era lo que esperábamos. Ahora tenemos que esperar unos 20 días para que se dicte la sentencia firme y Sasso sea trasladado a la Unidad Penitenciaria de Batán, mientras tanto tendrá prisión domiciliaria”. (Télam)
