Culpable por no practicar un aborto
La Justicia de Río Negro declaró responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra por no realizar un aborto no punible a una joven de 19 años violada y embarazada por un familiar en 2017 en Cipolletti, quien permaneció internada en un hospital hasta el momento de parir.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailSegún la ley rionegrina 4796, para la interrupción legal del embarazo solo se requiere de una declaración jurada de la mujer violada y embarazada contra su voluntad.
Fuentes judiciales dijeron que Rodríguez Lastra no pasaría tiempo tras las rejas, ya que “le correspondería desde un mes hasta dos años de prisión en suspenso y el doble del tiempo en inhabilitación para ejercer la profesión”.
El juicio inició el 13 de mayo pasado, tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos. El propio ginecólogo abrió y cerró el debate con sus palabras, mientras que la víctima declaró como testigo en la primera audiencia y a puertas cerradas.
El juez Álvaro Meynet dictaminó en contra del acusado y argumentó las circunstancias en las que un aborto se considera no punible según el artículo 86 del Código Penal y la ley provincial, resaltó que Rodríguez Lastra no estaba inscripto en el registro de objetores de conciencia, y consideró que no hubo violencia obstétrica contra la víctima cuando le suministraron medicación contra su voluntad.
La imputación
Para el fiscal Santiago Márquez Gauna, el ginecólogo no respetó el deseo de la víctima y se negó a realizar la práctica que está reglamentada en las leyes rionegrinas, porque no le creyó a la víctima cuando dijo que había sido violada, ni tampoco lo hizo con las profesionales que se comunicaron con él.
La defensa del médico, a cargo de los abogados Damián Torres y Juan Pablo Chirinos, indicó que la responsabilidad fue de las médicas que atendieron a la víctima en el Hospital de Fernández Oro y que, básicamente, no existió un proceso abortivo, por lo que no habría podido revertirlo.
Tras el fallo del juez, en la puerta de los tribunales el ginecólogo junto a su mujer y su hijo, dijo que esperaba otro resultado y que “esto simplemente es un revés, y lo único que hace es mostrar la fuerza que tenemos”.
“La Justicia es mucho más que esto que acaba de suceder; hay que aceptar este revés como lo que es”, agregó y agradeció el acompañamiento de un grupo de vecinos autodenominados pro vida.
El caso ocurrió el 2 de abril de 2017, cuando la joven de 19 años que ya cursaba un aborto fue derivada del centro de salud de la localidad Fernández Oro cuando, al hospital Pedro Moguillansky de Cipoletti, donde Rodríguez Lastra era por entonces jefe del servicio de Ginecología del hospital.
El nuevo debate sobre la pena que se va aplicar, no tiene un plazo estipulado en el código, sino que es fijado por la oficina judicial ante la agenda de los funcionarios intervinientes y la cantidad de los nuevos testigos convocados que intervendrían para declarar sobre las condiciones del médico. (Télam)
