Promulgaron la Ley de Modernización Laboral que elimina impuestos a la venta y alquiler de inmuebles
La normativa introdujo modificaciones que eximen del pago de Ganancias a los alquileres de vivienda y suprimen el gravamen del 15 por ciento sobre la venta de propiedades, con vigencia retroactiva al uno de enero.
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Tras la aprobación en el Senado el pasado 27 de febrero, el Gobierno nacional publicó y promulgó la Ley de Modernización Laboral. Si bien el eje central de la normativa es la reforma del mercado de trabajo, el artículo 192 incorporó dos cambios impositivos de gran impacto para el sector inmobiliario: la exención del Impuesto a las Ganancias para los alquileres con destino a vivienda y para las personas humanas que vendan un inmueble.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa ley entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, aunque el efecto de las reformas tributarias se estableció de forma retroactiva a partir del uno de enero de 2026. Al respecto, el tributarista Sebastián Domínguez, titular del estudio SDC Asesores Tributarios, afirmó que:
Entonces, el beneficio es retroactivo.
Fin del Impuesto Cedular
Hasta la publicación de esta norma, quienes vendían una propiedad adquirida después de 2018 debían afrontar el Impuesto Cedular, que gravaba con un 15 por ciento la ganancia obtenida en la operación. Con la nueva ley, las personas humanas que realicen ventas de forma ocasional quedarán exentas de este tributo.
Domínguez explicó que, anteriormente, una persona que no fuera broker inmobiliario y vendiera una propiedad comprada desde el uno de enero de 2018 con un resultado positivo, debía tributar ese 15 por ciento.
En cambio, para las personas humanas que compran y venden inmuebles y su actividad es la inmobiliaria, en vez de tener el impuesto cedular, tienen que tributar Ganancias con una alícuota del 5 por ciento al 35 por ciento
, detalló el especialista, aclarando que para los habitualistas y sociedades no hubo modificaciones en este punto.
Alivio para los alquileres
En lo que respecta a los arrendamientos, la ley estableció que los cobros por inmuebles con destino a casa habitación dejen de tributar Ganancias. Esta medida alcanza tanto a personas humanas como a personas jurídicas, para los ejercicios fiscales iniciados desde el uno de enero de este año.
A diferencia de lo que ocurre con la compraventa, en el caso de las rentas no se distingue la habitualidad del contribuyente.
La exención en el alquiler rige para todos ya sea el que tiene muchos inmuebles y los alquila con destino vivienda como para el que alquila uno solo con ese destino, agregó Domínguez.
Desde el Gobierno señalaron que estas medidas buscan aliviar la carga tributaria para los ciudadanos y eliminar gravámenes considerados de baja eficiencia recaudatoria y alto costo de administración. Cabe destacar que la iniciativa no elimina técnicamente el impuesto, sino que lo exime, lo que implica que la medida está sujeta a la reglamentación que aún debe dictarse.
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