Reintegrarán los créditos ATP a quienes contraten trabajadores en doce meses
:format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2020/09/a4f81ded-atp.jpg)
El Gobierno ofrecerá reintegrar hasta el ciento por ciento de los créditos a tasa subsidiada a otorgar como parte de la quinta versión del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) a las empresas que contraten trabajadores en los próximos doce meses.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl Ministerio de Desarrollo Productivo dio a conocer los detalles del Crédito a Tasa Subsidiada Convertible para aquellas firmas cuya variación de la facturación nominal de julio haya estado entre 0 y 40 por ciento, que contará con garantía del Fogar, y una tasa del 15 por ciento, con tres meses de gracia, a ser devuelto en 12 cuotas.
Las empresas que cumplan con las metas de empleo y con el repago del crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo (vía el Fondep).
El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, dijo que el ATP es “una herramienta que ha sido fundamental para sostener el empleo y vemos que muchas empresas han logrado en poco tiempo volver a producir, a recuperar facturación, y el ATP fue un puente importante”.
Kulfas afirmó que el ofrecimiento a las empresas es “un incentivo a recuperar empleos perdidos o generar nuevos empleos” y detalló que “si toman trabajadores significa que van a pagar menos de la cuota de ese crédito o en el extremo no van a pagar nada”.
El ministerio explicó en un comunicado que las metas de empleo serán trimestrales e implicarán una comparación contra un mismo período de 2019 ó 2020.
“Esas exigencias serán menores y los beneficios más importantes para las empresas más chicas, mientras que a mayor número de empleados se incrementan los requisitos”, indicó.
Los beneficios y las metas de empleo serán diferentes según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa y se las clasificará en 4 tramos: de 1 a 9 trabajadores, de 10 a 39, de 40 a 199 y de 200 a 800.
Para ser beneficiaria del reembolso, la empresa deberá tener al día la presentación del Formulario 931 AFIP, mientras que el reintegro será nulo si la empresa tiene empleados suspendidos en el período que se utiliza para la comparación.
La cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa será el promedio del cuarto trimestre de 2020. NA
