Reprocann 2025: ¿garantía de derechos o retroceso en el acceso al cannabis terapéutico?
Más de 100 mil personas esperaban una respuesta. La nueva normativa oficializa el uso medicinal del cannabis, pero impone requisitos que organizaciones denuncian como restrictivos y excluyentes.

Después de más de 500 días de espera, el Gobierno nacional finalmente definió el nuevo marco regulatorio para el uso medicinal del cannabis. A través de la Resolución 1780/2025 del Ministerio de Salud, publicada este viernes en el Boletín Oficial, se introducen cambios significativos en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), estableciendo criterios más estrictos para cultivadores solidarios, pacientes, ONG y proyectos de investigación.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa normativa mantiene para los autocultivadores autorizados el permiso por tres años para cultivar hasta nueve plantas florecidas, como había establecido la administración anterior. Tampoco se modifican las condiciones para el transporte de cannabis o derivados dentro del país: los usuarios registrados podrán movilizarse con hasta 40 gramos de flores o 30 miligramos de aceite, siempre que cuenten con la autorización vigente y accedan al permiso mediante la app Mi Argentina.
Sin embargo, quienes esperaban aprobación en el REPROCANN —unas 100 mil personas— deberán reiniciar el trámite conforme a los nuevos requisitos. La resolución también introduce una nueva categorización para los inscriptos: pacientes/usuarios, cultivadores (individuales o jurídicos) y entidades dedicadas a la investigación.
Entre los puntos más controvertidos, la nueva figura del “tercero cultivador” sólo podrá cultivar para un usuario adicional, deberá presentar antecedentes penales, informes técnicos y renunciar expresamente al rol de autocultivador.
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ONG y clubes de cultivo bajo la lupa
La normativa también establece exigencias para ONG que actúan como “clubes de cultivo”. Deberán registrar pacientes, nombrar un Director Médico responsable, presentar informes semestrales detallados sobre los tratamientos y contar con un Responsable Técnico con formación en producción vegetal o investigación científica. La autorización tendrá una vigencia de un año, a diferencia de los tres otorgados a individuos.
La presidenta de Mamá Cultiva Argentina, Valeria Salech, criticó duramente estas medidas: “Esto convierte a las ONG en clínicas privadas. Si tenemos un médico que hace informes, alguien le tiene que pagar. Esto no es una política sanitaria, es una política de ajuste”.
Desde el Consejo Consultivo Honorario, que reúne a activistas, médicos y especialistas, también hubo malestar. Claudia Pérez, de Madres Cultivadoras, señaló que no se les permitió revisar el borrador antes de su publicación. “La resolución impone requisitos excesivos e inviables. No hubo consenso previo”, afirmó.
Requisitos para médicos y control del Estado
A partir de ahora, los médicos que receten cannabis deberán estar inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contar con formación académica específica. También deberán tener Firma Digital registrada ante el Ministerio de Salud.
La resolución, firmada por el ministro Mario Iván Lugones, plantea como objetivo “reordenar el marco normativo” y corregir “usos indebidos” del sistema anterior. Pero desde el movimiento cannábico alertan: el acceso al cannabis medicinal sigue estando limitado por barreras burocráticas y económicas.
Mientras tanto, se esperan reacciones y movilizaciones por parte de los colectivos que llevan más de una década luchando por el derecho al autocultivo con fines terapéuticos sin criminalización.