Revocaron el fallo de la jueza que declaró inconstitucional al Régimen Penal Juvenil
La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones porteña revocó el fallo dictado la jueza Laura De Marinis que declaraba la inconstitucionalidad del nuevo Régimen Penal Juvenil en un caso por una tentativa de robo agravado.
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Según sostiene el escrito de 65 páginas, los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca hicieron lugar al recurso de apelación interpuesto del fiscal Mauro Andrés Tereszko y la auxiliar fiscal Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil (UFEPJ).
Además, los magistrados apartaron del cargo a De Marinis y dispusieron el sorteo de un nuevo juez del fuero para que intervenga “en los autos principales”.
En este sentido, anularon también el sobreseimiento del menor, identificado con las iniciales “M.I.A”, y declararon la validez del artículo 1 de la Ley 27.801 que baja la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años.
De acuerdo al criterio de los jueces, De Marinis “confundió planos” al “usar la levedad del hecho” (el intento de robo) y “la vulnerabilidad para anular una regla general”, mientras que cometió un error técnico al aplicar la Ley 22.278 que ya estaba derogada por el artículo 48 de la ley que entró en vigencia a partir del 5 de septiembre.
El fallo señala que la funcionaria judicial hizo un juicio de conveniencia, no de constitucionalidad y resaltó que las Observaciones del Comité de Derechos del Niño no son vinculantes, al tiempo que mencionaron una contradicción: De Marinis dijo que la regresividad se analiza caso por caso, pero usó argumentos generales.
La resolución cuestionada
La jueza planteó en su fallo la idea de dar una respuesta social desde el Estado (educación, contención, salud) en lugar del castigo penal a jóvenes cuyas trayectorias vitales han estado marcadas por la vulneración de derechos básicos.
“Como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos, por haberlos dejado en desamparo en su primera infancia, por no brindarles una figura normativa que les permita constituirse como sujetos responsables. Castigarlos por las faltas de respuestas del mundo adulto, significa inexorablemente desresponsabilizarnos de nuestro rol adulto, del deber de corresponsabilidad que pesa sobre nosotros”, remarcó.
Y añadió: “No pretendo con estas líneas romantizar la infracción penal juvenil, sólo intento señalar que la incorporación al sistema penal tiene que ser el último recurso y, en algunas trayectorias vitales, lamentablemente es el primero”.
De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1 de la ley 27.801 que es el que establece el alcance de la nueva normativa.
En ese sentido, la norma en cuestión señala: “El objeto de la presente ley es el establecimiento del régimen penal aplicable a las personas adolescentes, desde los catorce (14) años de edad hasta las cero (0) horas del día en que cumplan dieciocho (18) años de edad, cuando fueran imputadas por un hecho tipificado como delito en el Código Penal o en las leyes penales especiales vigentes o que se dicten en el futuro”. NA
El Gobierno creó un programa para implementar normas sobre menores
El Ministerio de Justicia de la Nación creó el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (Pronacib) y el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil (El Programa) por medio de dos resoluciones que se publicaron en el Boletín Oficial
La Resolución 483/2026 firmada por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques y a la que accedió la Agencia Noticias Argentinas, indicó: “Créase el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (Pronacib) en el ámbito de la Subsecretaría de Política criminal de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia”.
“Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (PRONACIB), estará a cargo de un Coordinador, quien tendrá a su cargo la coordinación y el seguimiento de las acciones desarrolladas en el marco del Programa”, señaló.
En tanto, la Resolución 484/2026 expresó: “Créase el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil (El Programa) en el ámbito de la Dirección de Política criminal en materia de Justicia y Legislación penal dependiente de la Subsecretaría de política criminal de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia”
El Programa “estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco” y se le asignaron “ad honorem”, las funciones de Coordinadora a la asesora Sra. Débora Eliana Di Girolamo. NA
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