Ya no será necesario el control de ANMAT para importar cosméticos e higiene personal
La medida desregula el ingreso de cosméticos, productos de higiene y artículos médicos sin prescripción, pero transfiere la responsabilidad al usuario final.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó una nueva disposición que libera la importación de una serie de productos destinados al cuidado personal, sin necesidad de intervención del organismo. La medida, que se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial bajo la disposición 3562/2025, forma parte de una serie de cambios orientados a simplificar los procesos de adquisición y gestión pública.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEntre los artículos que ya no requerirán autorización previa para ingresar al país se encuentran cosméticos, productos de higiene bucal, elementos descartables de uso externo y otros destinados al cuidado íntimo, como tampones y copas menstruales. Esta flexibilización se inscribe en una política de desregulación iniciada por ANMAT a principios de mayo, cuando se eliminaron controles sobre productos médicos de uso directo por pacientes, mediante la disposición 2857/2025.
Desde la entidad reguladora indicaron que el objetivo es equilibrar la libertad del usuario con una operatoria más ágil y eficiente. Sin embargo, aclararon que la importación y uso de estos productos quedará bajo la exclusiva responsabilidad del usuario final, quien deberá asumir los riesgos que puedan derivarse.
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La lista incluye:
- Pastas dentales y enjuagues bucales
- Pañales para bebés y adultos
- Toallitas femeninas, tampones y protectores diarios
- Absorbentes de leche materna y copas menstruales
Asimismo, se remarcó que queda prohibida la comercialización o distribución con fines de lucro o gratuitos de los productos importados bajo esta modalidad.
Cambios recientes en la regulación
Esta no es la primera medida en esta línea. En abril, ANMAT ya había reducido los requisitos para la importación de insumos médicos como sillas de ruedas, muletas, tensiómetros, jeringas y catéteres. En ese momento, la disposición 2565/2025 también acortó el plazo mínimo de vencimiento exigido para productos importados: pasó de un año a seis meses.
Anteriormente, los usuarios debían tramitar dos autorizaciones y presentar documentación detallada sobre los productos. Desde ahora, el Instituto Nacional de Productos Médicos publicará una guía online con recomendaciones y requisitos mínimos, que se actualizará periódicamente.
Estos cambios responden a una estrategia de modernización del Estado y reducción de regulaciones, impulsada por la actual administración. No obstante, desde ANMAT insisten en que esta nueva autonomía del usuario requiere información, precaución y conciencia sobre los riesgos sanitarios implicados.