Zona Fría: el Gobierno nacional fijó descuentos del 50% y 20% para las tarifas de gas
La Secretaría de Energía reglamentó las bonificaciones del régimen de Zona Fría según la Ley 27.828. La medida establece descuentos en tarifas de gas natural y beneficios adicionales del 20 por ciento para sectores vulnerables y entidades.
:format(webp):quality(60)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/gas_1.jpeg)
El Gobierno nacional estableció las bonificaciones del régimen de Zona Fría para las tarifas de gas, con un descuento del 50% para los usuarios de determinadas regiones del país y una bonificación adicional del 20% para hogares que cumplan con requisitos socioeconómicos y de ubicación del suministro.
La medida fue dispuesta por la Secretaría de Energía de la Nación a través de una resolución que reglamenta la aplicación de los cambios introducidos por la Ley 27.828 y su decreto reglamentario.
El detalle de los descuentos
El esquema conserva beneficios del 50% para usuarios de la Patagonia, que incluye al partido bonaerense de Patagones, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna. Al mismo tiempo, incorpora una asistencia adicional para hogares comprendidos en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Cabe destacar que múltiples provincias y 94 municipios bonaerenses quedaron fuera del beneficio.
La bonificación del 50% alcanzará además a los usuarios del Servicio General P de las localidades abastecidas con gas propano indiluido por redes. No obstante, es importante aclarar que el descuento se aplicará sobre el precio del gas natural o del gas propano indiluido por redes, por lo que no equivale a una rebaja del 50% sobre el importe total de la factura, que incluye cargos de transporte, distribución, impuestos y tasas.
En cuanto al descuento adicional del 20%, este estará destinado a usuarios residenciales inscriptos en el régimen de SEF que cumplan con los criterios establecidos por la normativa y tengan el suministro ubicado en las zonas bioambientales contempladas por la resolución. La bonificación se aplicará sobre los consumos base definidos por el régimen de subsidios focalizados y será complementaria a los beneficios que correspondan a cada hogar dentro de ese esquema.
Beneficios para clubes y entidades por la Zona Fría
La resolución también contempla a las entidades de bien público, los clubes de barrio y de pueblo y otras categorías asimilables de usuarios sin fines de lucro. Para estos casos, la bonificación adicional del 20% se aplicará sobre la totalidad del volumen consumido, sin los límites de consumo previstos para los hogares.
La identificación de los beneficiarios se realizará mediante el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), cruzando la información de los usuarios con la ubicación de los suministros y las zonas bioambientales alcanzadas. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética deberá elaborar y actualizar el padrón correspondiente.
Por su parte, las distribuidoras y subdistribuidoras serán las encargadas de aplicar las bonificaciones en las facturas, de acuerdo con el padrón que se les comunique y los procedimientos que establezca el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE).
La norma entrará en vigencia a partir de su publicación y se aplicará a los consumos comprendidos desde la entrada en vigor de la Ley 27.828.
Más de 144 años escribiendo la historia de Tandil