ARBA reglamentó la exención del Impuesto a los Automotores para el transporte público
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires estableció el procedimiento para aplicar el beneficio impositivo correspondiente al año 2026 para las empresas del sector.
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La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) oficializó el procedimiento administrativo necesario para aplicar la exención del Impuesto a los Automotores correspondiente al año 2026. La medida alcanza a las empresas prestatarias del servicio regular de transporte público de pasajeros, tanto de carácter urbano como suburbano, bajo jurisdicción provincial.
Esta normativa reglamenta el beneficio contemplado en el artículo 183 de la Ley Impositiva 2026. Según lo dispuesto, el Ministerio de Transporte bonaerense tendrá la responsabilidad de informar mensualmente a ARBA cuáles son las empresas y los vehículos que se encuentran alcanzados por esta exención.
De acuerdo con la resolución publicada en el Boletín Oficial, el organismo recaudador requerirá detalles específicos para avanzar con el trámite. La información enviada por el Ministerio de Transporte deberá incluir el dominio de cada unidad afectada al servicio, el CUIT de las empresas prestatarias que sean titulares o adquirentes de los vehículos, y la fecha exacta en que cada colectivo fue incorporado a la prestación del servicio.
El intercambio de estos datos se canalizará a través del sitio oficial de ARBA. Una vez recibidos los registros, el organismo procederá a analizar la información, dictar los actos administrativos correspondientes y determinar el reconocimiento o la denegación de los beneficios solicitados.
La resolución también aclara que, en aquellos casos donde existan varios obligados al pago del tributo por un mismo vehículo, la exención se aplicará exclusivamente a quienes cumplan con los requisitos de la Ley Impositiva y en el porcentaje que les corresponda.
Respecto a la vigencia, se estableció que si la afectación del vehículo al servicio es anterior al 1 de enero de 2026, el beneficio se reconocerá desde el inicio de dicho año. Además, cualquier modificación posterior en la afectación de las unidades deberá ser informada por el Ministerio de Transporte para actualizar los registros y determinar la continuidad o el cese del beneficio.
Finalmente, la normativa subraya que las empresas no podrán gestionar la exención de manera directa ante ARBA. El proceso depende íntegramente de la información suministrada por el Ministerio de Transporte, cartera que deberá notificar cualquier modificación posterior en la afectación de las unidades para actualizar los registros y definir la continuidad o el cese del beneficio.
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