ARCA estableció que las cuotas de planes de pago superiores a $100 millones se cobrarán por débito directo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero dispuso que, a partir del 1 de octubre, los planes de facilidades de pago iguales o mayores a 100 millones de pesos deberán cancelarse mediante débito directo en cuenta bancaria.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una modificación en la operatoria para la cancelación de los planes de facilidades de pago. A través de la Resolución General 5896/2026, publicada este miércoles 16 de septiembre en el Boletín Oficial, el organismo determinó que aquellas cuotas iguales o superiores a 100.000.000 de pesos deberán abonarse exclusivamente mediante débito directo en cuenta bancaria.
La medida, que entrará en vigencia a partir del 1 de octubre, implica un cambio respecto al marco normativo anterior. Hasta el momento, las obligaciones de dicho monto debían cancelarse mediante transferencia electrónica de fondos, salvo en casos excepcionales. Con esta actualización, el débito directo abarcará tanto las cuotas mensuales como las cancelaciones anticipadas totales.
En el texto oficial, el organismo justificó la decisión basándose en una actualización de los sistemas bancarios. Según se informó, la medida responde a “la adecuación de los mecanismos sistémicos utilizados por la red bancaria”, por la cual “se han ampliado las posibilidades operativas para la gestión y el procesamiento de los débitos directos en cuenta bancaria para aquellas operaciones que, conforme a las condiciones establecidas oportunamente, debían ser canceladas mediante transferencia electrónica de fondos”.
Ante este cambio, los contribuyentes y responsables que cuenten con planes de pago vigentes tramitados a través del servicio web Mis Facilidades deberán tomar medidas preventivas. El organismo indicó que los usuarios deberán verificar que la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta destinada al débito esté correctamente declarada, conforme a los términos de la Resolución General N° 2.675 y sus modificatorias. Asimismo, será necesario seleccionar dicha CBU dentro del sistema para asegurar la adhesión efectiva al plan y garantizar la cobranza automática.
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