Cambios en el régimen de Courier: eliminaron topes para exportar y actualizan límites de importación
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó una reforma para simplificar el sistema de envíos internacionales, eliminando restricciones para exportadores y ajustando los parámetros para el consumo personal.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó una reforma integral del régimen de Courier a través de la Resolución General 5883/2026, la cual fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La normativa busca optimizar los procesos logísticos y comerciales para los usuarios y empresas.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn el texto oficial, se detalló que los cambios introducidos “tienen por objeto simplificar el régimen y reducir las cargas y los costos burocráticos y administrativos, procurando dotar de mayor transparencia al sistema para el usuario final y minimizar su exposición a demoras o costos imprevistos”.
Impacto en exportaciones
La modificación más significativa para el sector exportador es la supresión total de los límites del valor FOB para aquellas mercaderías que sean enviadas al exterior mediante el régimen de Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier). Esta adecuación, que fue encomendada por la Secretaría de Industria y Comercio, tiene como finalidad facilitar la operatoria comercial y brindar mayor fluidez a las pequeñas y medianas empresas que buscan colocar sus productos en mercados internacionales.
La resolución también introduce precisiones y actualizaciones respecto al ingreso de mercadería para consumo personal. Los puntos clave del nuevo esquema de Pequeños Envíos son:
- Límite de valor y peso: se permite el ingreso de envíos de hasta 50 kilogramos por paquete, con un valor FOB que no exceda los 3.000 dólares por cada envío.
- Cantidad y finalidad: el régimen abarca hasta tres unidades de la misma especie por envío, siempre que no se presuma una finalidad comercial.
- Frecuencia: los ciudadanos podrán utilizar este beneficio un máximo de cinco veces por año calendario por persona.
- Exenciones: estos envíos están exceptuados de intervenciones de organismos como el INAL (ANMAT), normas técnicas, regímenes de identificación de mercaderías (SIDIP) y prohibiciones de carácter económico.
- Muestras: las empresas podrán importar muestras de hasta 50 kg y 3.000 dólares de valor FOB. En el caso de muestras destinadas a laboratorios para obtener certificaciones en mercados extranjeros, el límite de valor se amplía hasta los 10.000 dólares.
- Investigación científica: los beneficiarios de la Ley 25.613 podrán ingresar insumos de hasta 50 kg y 3.000 dólares, debiendo declarar su certificado ROECYT.
- Obras de arte: bajo la Ley 24.633, las obras de arte quedan exceptuadas de la condición de valor establecida en el régimen general, permitiendo su circulación de manera más ágil.
Actualizaciones en importaciones
La resolución también incorpora precisiones y actualizaciones fundamentales respecto al ingreso de mercadería destinada al consumo personal. Según lo informado por el organismo, la normativa entra en vigencia a partir del jueves 30 de julio.
Finalmente, desde ARCA aclararon que el cronograma de implementación técnica y las pautas procedimentales complementarias estarán disponibles para consulta en el micrositio denominado "Envíos internacionales" dentro de su página web oficial.
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