Qué es el desalojo express y cómo impactaría en el mercado de alquileres: el análisis de Pablo Acosta
El abogado analizó en Tandil Despierta, programa que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1, el proyecto de ley que busca implementar una vía procesal sumarísima para recuperar inmuebles, una medida que genera expectativas entre propietarios y debate sobre la vulnerabilidad de los inquilinos.
El debate sobre la propiedad privada y la agilidad en los procesos judiciales cobró relevancia tras la reciente media sanción en el Senado a un proyecto que busca implementar el denominado desalojo exprés. El abogado Pablo Acosta, en diálogo con Tandil Despierta (Eco TV y Tandil FM 104.1), explicó los fundamentos de esta iniciativa y cómo podría transformar la dinámica del mercado inmobiliario actual.
Según detalló el letrado, el desalojo, técnicamente conocido como lanzamiento, es una herramienta jurídica que permite a los locadores recuperar su inmueble ante situaciones de falta de pago, vencimiento de contratos u ocupaciones indebidas. El proyecto propone una vía procesal sumarísima; es decir, un trámite legal más rápido para restituir la tenencia del bien.
Acosta señaló que el principal motor de esta iniciativa es la preocupación de muchos propietarios que, ante el temor a litigios burocráticos y lentos, decidieron retirar sus inmuebles de la oferta de alquileres. “La gente ha retirado propiedades del mercado por el hecho de que, en determinadas circunstancias, los inquilinos se quedan en el lugar y después, si hay que proceder a un desalojo, es una cuestión lenta que genera perjuicios irreparables”, sostuvo.
El impacto en los propietarios
Pablo Acosta enfatizó que, en la mayoría de los casos, los arrendadores no son grandes inversores, sino personas que dependen de ese ingreso para complementar haberes ajustados. “No se trata de inversores multimillonarios, como a veces se interpreta. Generalmente es el esfuerzo de toda una vida para darle un poco de oxígeno a una jubilación”, aclaró.
Respecto a la operatividad de la medida, explicó que el proceso se inicia con una intimación fehaciente. Una vez notificado el incumplimiento, el ocupante cuenta con un plazo de 10 días para desocupar el inmueble. De no hacerlo, se activa la vía judicial, donde el demandante debe acreditar la verosimilitud de su derecho. “El ámbito probatorio es muy acotado, a diferencia de los procesos actuales que son más amplios y lamentablemente se dilatan. Hoy por hoy, un desalojo puede llevar de dos a tres años”, advirtió.
Un avance con aristas sociales
El especialista calificó la iniciativa como “un avance”, aunque reconoció que presenta aspectos discutibles. “Por un lado, va a fomentar que aparezcan más propiedades en alquiler, pero por el otro, veo como punto negativo que aquel inquilino que por alguna razón no pueda pagar quedará un tanto más vulnerable”, analizó.
Asimismo, subrayó que la problemática de fondo requiere soluciones estructurales, como el fomento de planes de vivienda y construcción, dado que el acceso a la casa propia es una dificultad creciente. No obstante, remarcó que, ante situaciones de mala fe, la aplicación estricta de la ley es fundamental para brindar seguridad jurídica.
Finalmente, aclaró que, de convertirse en ley, la norma abarcará todo tipo de inmuebles, tanto residenciales como comerciales. Sobre su aplicación temporal, estimó que, siguiendo los principios del Código Civil, no tendrá carácter retroactivo para los contratos en curso de ejecución, aunque habrá que esperar el texto definitivo que surja de la Cámara de Diputados.
Contacto y asesoramiento
Para consultas sobre el tema, el estudio jurídico inmobiliario Pablo Acosta y Asociados (Alem 790) atiende de 9 a 12. Teléfono de contacto: 2494-496138.