Absolución en Tandil: Un juicio por jurados puso a prueba el sistema
Un reciente juicio por jurados celebrado en Tandil, que juzgó un caso de abuso sexual y concluyó con la absolución del acusado, reabrió el debate sobre la efectividad y particularidades de este sistema. Pablo Molina Marañón, abogado defensor en la causa, analizó en diálogo con Último Bondi el derrotero judicial y su firme respaldo a la participación ciudadana en la administración de justicia.
El caso tuvo su origen con una denuncia escolar el 12 de agosto de 2022, vinculada a una menor que entonces tenía doce años de edad. Tras la investigación preliminar y una cámara Gessel, en noviembre de ese mismo año, se dispuso la detención de la persona que Molina luego defendió. El acusado estuvo privado de su libertad por un año y nueve meses, hasta que la defensa logró que continuara el proceso con prisión domiciliaria.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl camino a la absolución
Molina Marañón recordó que al asumir la defensa, realizó un estudio exhaustivo de la causa y mantuvo una extensa entrevista con su defendido. "Fui encontrando un montón de evidencias que apoyan su versión de lo que estaba pasando", explicó. Entre las pruebas aportadas figuraron informes de historia clínica del Hospital Larrain de Monte Grande, relatos de docentes de la escuela a la que concurría la menor y horarios de trabajo del imputado. "Hay un montón de cuestiones probatorias que se terminaron volcando después en el juicio por jurados", destacó el letrado, enfatizando que esta evidencia fue clave para modificar la situación de detención del acusado. El desarrollo del juicio estuvo marcado por una disputa en torno a la competencia. Inicialmente, la fiscalía había calificado el hecho para excluirlo del juicio por jurados, pero Molina Marañón recurrió a la Cámara. "El fiscal no me puede alterar la competencia y la calidad de juez natural del jurado cuando él mismo describe un hecho cuya pena en expectativa tiene el margen de ocho a 20 años", argumentó el defensor, haciendo referencia a que la ley establece un mínimo de 15 años de pena en expectativa para que un caso sea juzgado por jurados populares. La Cámara avaló el planteo de la defensa, asegurando que el caso llegara a un jurado. Durante el debate, la defensa presentó una hipótesis sólida. “Mostramos una hipótesis de lo que había ocurrido significativamente más fuerte y, sobre todo, con prueba de hechos y de cuestiones documentales que exceden una mera declaración”. Esta estrategia culminó en que el jurado decretara la no culpabilidad del acusado.
Análisis de los testimonios y la prueba
Entre los testimonios clave, el abogado se refirió al padre de la menor, cuya intervención causó un gran impacto. Subrayó que el nivel de credibilidad de sus dichos "no pudo ser cuestionado por el fiscal". Además, resaltó que los relatos del padre y otros testigos fueron avalados por personas externas al entorno familiar, como médicos y personal docente, lo que otorgó transparencia a sus declaraciones. Un punto central de la defensa giró en torno a la historicidad de la chica respecto a la atención psicológica, que se remontaba mucho antes de las fechas señaladas como de ocurrencia de los abusos. “En todo ese período hay un montón de intervenciones que refieren cuestiones que después, idénticas conductas, más adelante son relatadas o expuestas como consecuencia de los supuestos abusos”, quien insistió en la necesidad de cotejar la prueba de forma global y no parcializarla. Rechazó la noción de que el imputado deba justificar el porqué de una denuncia, aludiendo a que eso invertiría la carga de la prueba.
El sistema de juicio por jurados bajo la lupa
Respecto a la mecánica de deliberación, Molina Marañón indicó que, para delitos como el juzgado, se requiere que la fiscalía reúna diez de los doce votos para determinar la culpabilidad. Esta condición difiere de la unanimidad exigida para penas de prisión perpetua o del estándar en otros países, una concesión hecha "por presión" en la legislación argentina. El abogado, si bien no conoció los números exactos, aseguró que hubo un número mayoritario en contra de la condena. El defensor oficial es un ferviente defensor del sistema de juicio por jurados, al que considera un "imperativo constitucional". Aunque reconoce que actualmente está restringido a un universo limitado de delitos por el Código de Procedimiento de la provincia de Buenos Aires, cree que evolucionará para abarcar más casos. Molina Marañón desestimó los prejuicios contra el sistema, señalando que los jurados se toman su tarea "muy en serio" y que la experiencia suele ser "esclarecedora y positiva" para quienes participan. Destacó el anonimato de los jurados como garantía de seguridad y la transparencia que el sistema aporta a la justicia, contrastando con la resistencia de "determinados grupos" que perciben una cesión de poder. Además, celebró que en Tandil, a diferencia de otras jurisdicciones, la convocatoria de jurados siempre ha sido exitosa, lo que atribuyó a la "calidad de trabajo organizativa que tiene el tribunal local". Para el letrado, las redes sociales no son un reflejo de la realidad, y la perspectiva de un ciudadano común cambia radicalmente cuando se sienta a juzgar un caso y ve las pruebas directamente, lejos de los comentarios o la información mediática. Finalmente, sobre las consecuencias post-veredicto, el doctor Molina Marañón explicó que para quien denuncia, sigue estando disponible el centro de asistencia a la víctima del Ministerio Público, aunque el veredicto sea inapelable. Para el absuelto, existe la posibilidad de reclamar a nivel estatal por una detención considerada arbitraria, una vez finalizada la competencia del defensor oficial.