Definieron las actividades que podrán funcionar en el Estadio Rojo
El Municipio precisó las actividades consideradas esenciales en el Estadio Rojo. En tanto, aclaró que aquellos rubros que no figuran en el listado deberán permanecer cerrados.
Recibí las noticias en tu email
Las restricciones se implementan para reducir al mínimo la movilidad y circulación en la ciudad. En tanto, la comuna recomendó a la población permanecer en los hogares y sólo salir para resolver las cuestiones consideradas imprescindibles.
En tanto, advirtieron que desde el Municipio “se implementarán todos los mecanismos previstos para el control del estricto cumplimiento de las restricciones adoptadas”.
Las actividades esenciales que podrán funcionar en esta instancia del “sistema de semáforo” local se determinaron a partir de un decreto municipal y por los decretos nacionales dictados por el ASPO (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio).
Los únicos rubros que podrán abrir son:
-Actividades de cobranza de servicios e impuestos
-Administración pública
-Asistencia a adultos mayores
-Asistencia a niños, niñas y adolescentes
-Asistencia a personas con discapacidad y a familiares que lo necesiten
-Atención de casos de fuerza mayor
-Atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos
-Avícolas
-Caminatas recreativas con grupos convivientes
-Carnicerías
-Casas velatorias
-Centros de diagnóstico por imágenes
-Cementerios
-Clínicas veterinarias
-Comunicación audiovisual, radial y gráfica
-Consultorios y profesionales de la salud
-Corralones para provisión de obra pública
-Cruz Roja
-Delivery
-Despensas
-Establecimientos que atienden víctimas de violencia de género
-Estaciones de servicio
-Farmacias
-Ferreterías
-Fruterías
-Hospedaje de personas que realizan actividades esenciales.
-Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria
-Industrias de alimentación y bebidas (cadena productiva e insumos)
-Industrias de equipamiento médico, medicamentos, vacunas e insumos sanitarios -Industrias de higiene personal y limpieza
-Industrias de procesos productivos continuos e industrias y empresas con compromisos adquiridos de mercados y/o clientes
-Kioscos
-Laboratorios
-Lavanderías
-Mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones) y atención de emergencias
-Mini, súper e hipermercados
-Ministros y ministras de cultos religiosos para brindar asistencia espiritual
-Obra privada de infraestructura energética
-Obra pública
-Operación de garajes y estacionamientos
-Ópticas
-Panaderías
-Personas con discapacidad y profesionales que las atienden
-Pescaderías
-Plantas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica y combustibles
-Plantas de tratamiento o refinación de petróleo y gas
-Producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca
-Provisión de garrafas
-Recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos
-Remates de hacienda
-Servicio de paquetería y correo privado
-Servicio doméstico de limpieza
-Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de la fuerza de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular
-Take a way para retiro de alimentos y mercadería
-Telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales
-Transporte de caudales
-Transporte de mercaderías y combustibles
-Transporte público y privado de pasajeros
-Vigilancia
-Limpieza
-Guardia.
– Las actividades y comercios no esenciales mantendrán el factor ocupacional del Estadio Amarillo y su funcionamiento será de lunes a sábado de 9 a 18 hs.
– Tanto la obra pública como la obra privada deberán utilizar un esquema de funcionamiento que garantice como máximo la presencia de una persona cada 4 (cuatro) metros cuadrados.
Los horarios
Desde el Municipio aclararon que todas las actividades que figuran en la lista podrán trabajar en la franja horaria de 7 a 18.
Las excepciones son el expendio de combustible, delivery, consultorios de profesionales de la salud, laboratorios y centro de diagnóstico, los cuales mantendrán el horario autorizado al 21 de agosto de 2020.
Es decir que las estaciones de servicio podrán funcionar hasta las 23 y el servicio de delivery hasta las 24. En tanto que consultorios, centros de estudios y laboratorios tienen permitido abrir hasta las 21.
Además, aclararon que se mantendrá el horario para el take a way, en materia gastronómica, hasta las 24 (Decreto 1428/20) y que está permitida la entrega a domicilio de mercadería de los rubros no esenciales.
Caminatas recreativas
Las caminatas recreativas sólo se podrán hacer de forma individual o con integrantes del grupo conviviente y hasta las 18, de lunes a sábados.
Transporte público
El Servicio de Transporte Público de Pasajeros se realizará de acuerdo al siguiente esquema:
-Lunes a viernes, de 5.30 a 14, de 16 a 18 y de 21 a 22. La frecuencia en estos días será cada 20 minutos.
-Sábados, de 5.30 a 14, de 16 a 18 y de 21 a 22. La frecuencia será cada 30 minutos.
-Domingos y feriados no habrá servicio.