El Municipio rechazó un reclamo por daños en un auto provocado por la caída de una rama
Una vecina había solicitado que el Estado municipal cubriera los daños sufridos por su vehículo tras un episodio ocurrido durante un temporal de viento en octubre del año pasado. El Ejecutivo concluyó que se trató de un caso fortuito.
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El Municipio de Tandil desestimó el reclamo administrativo presentado por una vecina que solicitaba una indemnización por los daños sufridos en su vehículo tras la caída de una rama durante un temporal de viento registrado en octubre de 2025.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa decisión quedó formalizada a través del Decreto Nº 784/2026, firmado por el intendente Miguel Lunghi, mediante el cual se rechazó el pedido presentado por una vecina.
La mujer había solicitado la cobertura de los daños ocasionados en su automóvil, dominio AF514UJ, luego de que el 9 de octubre de 2025 cayera una rama de gran tamaño mientras el vehículo se encontraba estacionado en la vía pública. De acuerdo con la documentación incorporada al expediente, el hecho habría ocurrido en las inmediaciones de la Plaza 25 de Mayo (Plaza de los Troncos), sobre la calle 4 de Abril.
Durante el análisis del reclamo, el Municipio solicitó informes a la Dirección General de Espacios Verdes Públicos, que indicó que no existían denuncias previas ni antecedentes sobre el estado del arbolado en el sector donde habría ocurrido el episodio.
Además, se requirió información al Servicio Meteorológico Nacional sobre las condiciones climáticas de ese día. Según el reporte oficial, el organismo había emitido una alerta amarilla por vientos para la ciudad, con velocidades previstas entre 35 y 50 kilómetros por hora y ráfagas que podían alcanzar los 75 kilómetros por hora. Los registros meteorológicos indicaron que durante la jornada se produjeron ráfagas de hasta 65 kilómetros por hora.
En el decreto se señaló que estas condiciones meteorológicas constituyen un evento de caso fortuito o fuerza mayor, lo que interrumpe el nexo causal necesario para atribuir responsabilidad al Estado municipal.
Asimismo, se indicó que la propia denunciante había informado el siniestro ante su aseguradora, Federación Patronal Seguros, que contaba con cobertura vigente para daños parciales del vehículo, por lo que el episodio fue atendido dentro del marco de esa relación contractual.
En función de los informes técnicos y del análisis jurídico del expediente, el Ejecutivo concluyó que no existió una conducta atribuible al Municipio que hubiera provocado el daño, por lo que resolvió rechazar el reclamo indemnizatorio y dar por finalizada la instancia administrativa.
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