El Gobierno oficializó un suplemento salarial para el personal militar con formación académica
La medida establece un incremento de hasta el 25 por ciento sobre el haber mensual para los efectivos que acrediten títulos de posgrado, grado o tecnicaturas.
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El Gobierno nacional dispuso la implementación de un esquema de remuneración diferencial para el personal militar que cuente con formación universitaria o terciaria. La medida, que rige desde el 1 de julio de 2026, busca reconocer la capacitación académica y evitar la pérdida de capital humano especializado en las fuerzas.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailDe acuerdo con lo establecido, quienes acrediten un título de posgrado percibirán un suplemento del 25 por ciento sobre su haber mensual. Por su parte, aquellos que posean un título universitario de grado recibirán un 15 por ciento adicional, mientras que para quienes cuenten con un título terciario o tecnicatura el plus será del 10 por ciento.
La normativa se formalizó a través del Decreto 473/2026, firmado por el presidente Javier Milei el 17 de julio. En sus fundamentos, el documento destaca la importancia de retener personal en áreas estratégicas como la ingeniería, la informática, el derecho internacional humanitario, la medicina, la logística avanzada y la ciberseguridad.
“Cada ciclo de egreso de oficiales y suboficiales titulados que no encuentran reconocimiento económico a su formación académica representa una pérdida irreversible de capital humano especializado que demanda años de formación y práctica para ser reconstituido”.
El beneficio alcanza a todo el personal en actividad del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como a la Policía de Establecimientos Navales. Asimismo, la medida se extiende al personal retirado y a los familiares con derecho a pensión, siempre que el título haya sido obtenido antes del pase a retiro.
En paralelo, la Resolución Conjunta 35/2026, suscripta por el ministro de Economía Luis Caputo y el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, fijó los haberes base para el trimestre junio-agosto, con un aumento acumulado del 4,1 por ciento respecto de mayo. Cabe señalar que el nuevo decreto deroga el inciso 2 del artículo 57 de la Ley 19.101 para unificar el régimen bajo este único esquema de suplementos.