El Gobierno postergó hasta diciembre la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral
La administración nacional prorrogó la implementación de los FAL para indemnizaciones y extendió el período de carencia a doce meses para fortalecer el sistema.
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El Gobierno nacional oficializó la prórroga hasta el 1° de diciembre de 2026 de la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), herramientas creadas por la Ley de Modernización Laboral destinadas al pago de indemnizaciones. La medida, establecida a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, también dispuso una extensión del período de carencia, que pasó de seis a doce meses antes de que estos instrumentos deban afrontar las obligaciones previstas por el régimen.
Esta decisión modifica dos artículos del Decreto 408/2026, el cual reglamenta el sistema. Según se informó, el objetivo central de la postergación es otorgar un plazo adicional para completar los procedimientos operativos, realizar la adecuación de los sistemas informáticos y permitir que los fondos logren acumular los recursos suficientes para cubrir las obligaciones laborales contempladas en la normativa.
Detalles de la implementación
La puesta en marcha de los FAL requiere de una participación coordinada entre diversos organismos públicos, entidades del mercado de capitales y proveedores de servicios tecnológicos. Además, es necesario adaptar los mecanismos destinados a la administración e inversión de los recursos. Originalmente, el régimen debía entrar en vigencia el 1° de junio de 2026, pero tras una primera postergación hasta el 1° de noviembre, la fecha se trasladó nuevamente un mes más.
Respecto al plazo de carencia, la norma amplía el periodo a 12 meses completos y consecutivos. El cómputo de este tiempo comenzará a regir desde el mes calendario en que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre la integración efectiva de la primera contribución del empleador al fondo correspondiente.
Fundamentos de la medida
La decisión responde a los planteos realizados por entidades del sector, entre las que se encuentran la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI), la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP) y la Cámara de Agentes de Bolsa (CADAB). Dichas organizaciones solicitaron más tiempo para la puesta en marcha y la ampliación del periodo de acumulación inicial.
El decreto sostiene que el plazo original de seis meses resultaba insuficiente para conformar un patrimonio inicial sólido. Por ello, la extensión busca favorecer la correspondencia entre los recursos acumulados y los compromisos que los fondos deberán cubrir.
El régimen alcanza a los empleadores del sector privado, con las exclusiones previstas en la Ley 27.802. Cabe aclarar que las relaciones laborales del sector público nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal quedan fuera de su alcance. El sistema se financiará con una contribución mensual: las micro, pequeñas y medianas empresas aportarán el 2,5%, mientras que el resto de las compañías privadas integrará el 1%, recursos que ARCA derivará a la cuenta vinculada con el FAL elegido por cada empleador.
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