El Gobierno reglamentó el régimen que reduce aportes patronales para nuevas contrataciones
A través del decreto 315/2026, el Poder Ejecutivo oficializó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral que establece beneficios impositivos por cuatro años para fomentar el empleo registrado.
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El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), una medida enmarcada en la reforma laboral que reduce las contribuciones patronales por un período de cuatro años para quienes incorporen nuevos trabajadores. La normativa fue oficializada mediante el decreto 315/2026 publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y los ministros Sandra Pettovello y Luis Caputo.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa implementación de esta medida se produce tras un fallo judicial favorable al Ejecutivo, en el cual la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal se declaró competente para intervenir en la demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la reforma laboral, ordenando que el expediente sea remitido desde el fuero laboral.
El objetivo central del RIFL es impulsar las contrataciones en el sector privado de personas que no contaran con una relación laboral registrada al diez de diciembre de 2025. El beneficio alcanza a quienes hayan estado desempleados en los seis meses previos al alta laboral, a los inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o a aquellos cuyo último empleo haya sido en el sector público nacional, provincial o municipal.
Bajo este nuevo esquema, el empleador pagará menores contribuciones patronales por cada nuevo trabajador, fijándose una alícuota de solo el ocho por ciento, que incluye el tres por ciento destinado al Fondo de Indemnizaciones. Según la reglamentación, esta reducción podrá ser aplicada por quienes hayan adquirido el carácter de empleador inscripto ante la ARCA a partir del diez de diciembre de 2025, con un tope máximo del 80% de su nómina de trabajadores.
En cuanto a la distribución de los fondos, las contribuciones que se determinen por la aplicación de la alícuota del dos por ciento se repartirán entre el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo y el Régimen de Asignaciones Familiares. Por otro lado, las contribuciones del tres por ciento restante tendrán como destino el subsistema regido por el INSSJP. Finalmente, el decreto aclara que los ingresos adicionales que perciba el trabajador tras el inicio del vínculo laboral no afectarán los beneficios otorgados al empleador.