Fondo de Asistencia Laboral: cómo funcionará el nuevo sistema de indemnizaciones
A través del Boletín Oficial, se oficializó la puesta en marcha del sistema que modifica el pago de indemnizaciones en el sector privado a partir del 1 de noviembre.
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Mediante una serie de publicaciones realizadas esta madrugada en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta incluida en la reforma laboral aprobada a finales de febrero de este año. Este cambio, derivado de la Ley de Modernización Laboral, introduce modificaciones significativas en el esquema de indemnizaciones y obligaciones laborales para trabajadores registrados en el sector privado.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa normativa establece que el FAL será dirigido a empleadores del sector privado, quedando excluidas las relaciones laborales del sector público y aquellas expresamente exceptuadas por la ley. Para su implementación, los empleadores deberán constituir una cuenta individual en un fondo común de inversión o fideicomisos financieros, previa autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
El sistema contempla que solo estarán cubiertos aquellos trabajadores que hayan sido registrados en tiempo y forma al menos 12 meses antes de la extinción del vínculo laboral. Para garantizar la sostenibilidad del fondo, la cobertura mínima será definida por parámetros de suficiencia, liquidez y diversificación, los cuales serán revisados periódicamente según el contexto económico.
El procedimiento operativo indica que cada empleador deberá obtener un identificador único denominado ID FAL. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será el organismo encargado de derivar las contribuciones mensuales a la cuenta correspondiente. En caso de que el empleador no informe su ID en el plazo de un mes, la CNV asignará de oficio un fondo o fideicomiso para asegurar la continuidad del sistema.
Respecto a los beneficios fiscales, la contribución mensual será deducible del impuesto a las ganancias y permitirá una reducción equivalente de las contribuciones patronales a la seguridad social. Asimismo, se determinó que la comisión por administración no podrá superar el 1 por ciento anual de los activos y las inversiones estarán limitadas a instrumentos financieros negociados en la Argentina.
Ante una desvinculación, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica. Una vez verificada la información por la entidad habilitada, la transferencia de la suma indemnizatoria a la cuenta del trabajador se realizará en un plazo máximo de cinco días hábiles. El decreto también establece sanciones y multas para quienes incumplan con la obligación de contribuir, permitiendo la ejecución fiscal por parte de ARCA.
Finalmente, tras meses de especulaciones, se confirmó que el nuevo sistema de indemnizaciones entrará en vigencia a partir del 1 de noviembre.