La Justicia reconoció el vínculo entre la vacuna Sputnik V y la muerte de una joven de 24 años
La joven había fallecido en 2021 tras desarrollar un cuadro de trombosis con trombocitopenia luego de recibir la primera dosis.
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La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba emitió un fallo considerado inédito en Argentina al reconocer la relación causal entre la aplicación de la vacuna Sputnik V contra el Covid-19 y la muerte de una joven cordobesa de 24 años, ocurrida en julio de 2021.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa resolución judicial ordenó al Estado nacional avanzar con el procedimiento de indemnización contemplado en la ley 27.573, destinada a reparar daños ocasionados por efectos adversos vinculados a las vacunas contra el coronavirus. Además, fijó un plazo de 30 días para culminar el trámite administrativo correspondiente.
La joven, Melín Agustina Sartori, gozaba de buen estado de salud antes de recibir la primera dosis de la vacuna de vector adenoviral el 15 de julio de 2021 en el Orfeo Superdomo de la ciudad de Córdoba. Según relató su madre, Virginia Ruiz, médica de profesión, la joven estudiaba Historia y trabajaba en espacios de ayuda social, motivo por el cual decidió vacunarse para proteger a las personas con las que colaboraba.
Seis días después de la inoculación comenzó a presentar fuertes cefaleas y vómitos, síntomas que derivaron en una internación de urgencia. Los estudios posteriores confirmaron un cuadro de síndrome de trombosis con trombocitopenia (STT), también denominado VITT, una afección poco frecuente asociada a determinadas vacunas contra el Covid-19. Finalmente, Melín falleció el 29 de julio de 2021.
Tras la muerte, su madre inició un reclamo ante el Fondo de Reparación Covid-19. Sin embargo, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo había rechazado inicialmente el pedido al considerar que no existía evidencia suficiente para establecer el vínculo causal entre la vacuna y el cuadro clínico.
En ese momento, la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (Conaseva) había clasificado el caso como “Indeterminado B1”. No obstante, el fallo judicial remarcó que esa evaluación respondía al conocimiento científico disponible en agosto de 2021 y que el propio sistema permitía revisiones posteriores ante la aparición de nueva evidencia.
Esa revisión llegó en 2024, cuando la Conaseva reevaluó el caso y concluyó que existía “evidencia de causalidad con la vacuna”, reclasificando el evento como “Relacionado A1”. Para el tribunal, esa modificación resultó determinante para despejar cualquier discusión técnica sobre el nexo causal.
En su voto, la jueza Liliana Navarro sostuvo que “la discusión sobre el nexo causal, lejos de persistir, se encuentra técnicamente despejada”.
La sentencia también reconstruyó el cuadro clínico de la joven a partir de informes médicos especializados en hematología, farmacovigilancia y bioética. Entre las pruebas incorporadas apareció la detección de anticuerpos IgG anti factor plaquetario 4, compatibles con el síndrome VITT y sin antecedentes de exposición a heparina, una de las causas alternativas posibles.
Uno de los informes más relevantes fue presentado por la médica hematóloga Ana Romina Montivero, quien aseguró que la ausencia de heparina al momento de los análisis permitía concluir “sin duda alguna” que el cuadro se encontraba vinculado a la aplicación de la vacuna.
La Cámara Federal también cuestionó el criterio utilizado inicialmente por la administración pública. Los magistrados señalaron que la ley no exige una “certeza absoluta” sobre la causalidad, sino que basta con acreditar el daño mediante la denominada “preponderancia de la evidencia”.
Según el fallo, el rechazo administrativo previo había incurrido en argumentos “meramente dogmáticos” y omitió valorar adecuadamente la documentación médica aportada por la familia.
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