Rechazaron los pedidos de Pity Álvarez en medio de episodios de somnolencia durante el juicio
El Tribunal Oral en el Criminal y Correccional N°29 desestimó el pedido de la defensa para evaluar nuevamente la capacidad del músico, quien se quedó dormido en plena audiencia.
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El Tribunal Oral en el Criminal y Correccional N°29 rechazó el pedido de la nueva defensa de Cristian “Pity” Álvarez para volver a evaluar su capacidad de afrontar el proceso judicial por el asesinato de un vecino. La decisión se tomó este miércoles, luego de que el músico se durmiera y comenzara a roncar mientras su abogado, Javier Baños, exponía sus argumentos ante los magistrados.
El presidente del tribunal, Gustavo Goerner, interrumpió la exposición ante la situación y advirtió sobre la continuidad del debate. “Yo ya lo he dicho en audiencias anteriores: si no puede estar en condiciones adecuadas, lo invito a que se retire y quede representado por sus defensores. No vamos a continuar en estas condiciones”, señaló el letrado.
Tras el llamado de atención, Álvarez se reincorporó, bebió agua y tomó una pastilla. Sin embargo, el fiscal Sandro Abraldes cuestionó la conducta del imputado, calificándola de selectiva. Para sustentar su postura, el fiscal hizo referencia a un video publicado por el músico apenas 11 horas antes en redes sociales, donde se lo observaba cantando y hablando sobre la suspensión de sus presentaciones musicales.
Antecedentes médicos
La defensa presentó un informe médico-legal de 31 páginas elaborado por el psiquiatra Rafael Herrera Milano. El documento, que analiza documentación sanitaria previa, sostiene que la somnolencia no es un fenómeno nuevo ni exclusivo del juicio. El perito destaca antecedentes registrados desde febrero de 2023, cuando Álvarez fue asistido en la institución Vive Libre y presentó un estado de aletargamiento.
El informe subraya que, en abril de 2023, el músico fue descrito como hipolúcido y somnoliento durante una consulta domiciliaria, lo que derivó en una internación involuntaria. Herrera Milano concluye que la somnolencia constituye un fenómeno clínico repetido y no un episodio aislado. Pese a esto, el tribunal mantiene su postura y el proceso continúa su curso legal.
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