El Gobierno aprobó un nuevo reglamento para contratar empleados públicos
Se estableció un nuevo procedimiento para realizar las contrataciones temporales en el sector público nacional.
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El Gobierno nacional aprobó un nuevo reglamento para llevar a cabo las contrataciones de personal por tiempo determinado en el ámbito de la administración pública. En ese sentido, se derogó una normativa vigente desde 2004 que equiparaba los salarios de los empleados contratados con los de planta permanente.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa medida fue formalizada mediante la Resolución 68/2025 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
El texto oficial aprueba el “Reglamento de contrataciones de personal por tiempo determinado”, junto con los formularios correspondientes de Informe de Contratación e Idoneidad, Contrato por Tiempo Determinado y Declaración Jurada de Aspirantes, que deberán tramitarse a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
La nueva norma también faculta a la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público para introducir las modificaciones necesarias al nuevo reglamento y a los formularios aprobados, con el objetivo principal de actualizar los procedimientos administrativos. El propósito es llevar a cabo una “revisión integral” de todas las contrataciones de personal.
El nuevo reglamento dispone que las jurisdicciones y organismos nacionales deberán remitir dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes la información sobre las contrataciones, renovaciones, prórrogas o bajas realizadas en el mes anterior. Dicha comunicación se presentará en formato Excel, como declaración jurada, mediante el sistema GDE de acuerdo con las pautas establecidas en el Anexo II de la resolución.
Salarios y empleados públicos
En lo que respecta a los cambios en la remuneración, la normativa derogada (la Decisión Administrativa N° 3/2004) establecía los mecanismos para fijar la remuneración mensual y el adicional por grado de los trabajadores contratados, basándose en la experiencia laboral, la capacitación y la analogía de funciones. Esta equiparación garantizaba que los contratados percibieran un salario equivalente al de los empleados de planta permanente, ajustado según las horas pactadas, y consideraba la especialidad o experiencia laboral para el adicional por grado.
Según el Gobierno nacional, el objetivo es “optimizar los procesos que propendan a la mejora en la calidad de la gestión” de los organismos públicos. Sin embargo, el texto oficial no establece mecanismos de reemplazo para la norma eliminada, lo que genera cierta incertidumbre al respecto de cómo se regularán a partir de estos momentos los salarios de los contratados.
La Resolución 68/2025 entra en vigencia a partir de su dictado, con la finalidad de actualizar y unificar los procedimientos de contratación temporal en el Estado nacional en el marco del proceso de transformación administrativa que impulsa el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
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