Revés para Sturzenegger: los farmacéuticos seguirán al frente de los establecimientos
La Procuración General de la Nación declaró inadmisible un recurso del Poder Ejecutivo, manteniendo la suspensión de artículos del DNU 70/2023 que pretendían desregular la actividad farmacéutica.
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La política de desregulación impulsada por el Gobierno nacional, que tiene a Federico Sturzenegger como uno de sus principales referentes, sufrió un nuevo revés judicial. El último lunes, la Procuración General de la Nación consideró formalmente inadmisible el recurso extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo contra la medida cautelar que suspendió tres artículos del DNU 70/2023, vinculados con el funcionamiento de farmacias, droguerías y herboristerías.
De esta manera, continuará vigente la obligación de que cada farmacia cuente con un director técnico farmacéutico y que dicho profesional mantenga la exclusividad sobre el establecimiento. Asimismo, se sostiene la exigencia de dirección técnica para droguerías y herboristerías, junto con las normas que regulan las ausencias momentáneas de los profesionales.
El origen del conflicto
A través del DNU 70/2023, dictado en los inicios de la gestión del presidente Javier Milei, se buscaba habilitar que un mismo farmacéutico pudiera desempeñarse como director técnico en más de una farmacia. Además, la norma, ideada por Federico Sturzenegger meses antes de asumir formalmente como ministro de Desregulación, derogaba el artículo 42, que obligaba a las herboristerías a contar con un director técnico bajo las mismas condiciones que las farmacias.
La reforma también contemplaba una mayor flexibilidad para el funcionamiento de los locales durante la ausencia del director técnico, permitiendo una mayor intervención de auxiliares de despacho.
La postura judicial y sindical
El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB), encabezado por Marcelo Peretta, presentó una demanda contra estas modificaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar que suspendió la aplicación de los artículos cuestionados mientras avanza la discusión judicial de fondo.
El Poder Ejecutivo intentó revertir esta decisión mediante un recurso extraordinario, argumentando que los cambios buscaban incrementar la competencia y reducir los precios de los medicamentos. Sin embargo, la Procuración sostuvo que la resolución de la Cámara no constituye una sentencia definitiva y que el Estado no logró demostrar que mantener las exigencias vigentes genere un perjuicio de imposible reparación.
El resultado constituye una victoria institucional de SAFYB frente a uno de los ejes centrales del programa del Gobierno de priorizar el comercio de medicamentos en vez de la salud. El gremio no solamente defendió los puestos de trabajo: defendió el principio de que los medicamentos no pueden quedar librados a una lógica puramente comercial.
Con esta resolución, el Gobierno no logró levantar la cautelar que mantiene bloqueada una parte significativa de la desregulación farmacéutica contenida en el decreto presidencial.
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