La Provincia creó un registro oficial para regular el uso de tierras públicas en islas
El Gobierno bonaerense implementó un nuevo régimen para administrar inmuebles en islas y la Isla Martín García, estableciendo permisos de uso y un registro centralizado para ordenar la ocupación.
:format(webp):quality(60)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/09/delta_bonaerense.webp)
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires puso en marcha un nuevo régimen destinado a regular el uso y la tenencia de los inmuebles de dominio público ubicados en las islas bonaerenses y en la Isla Martín García, incorporando la participación de los municipios implicados. A través de un decreto, la administración provincial reglamentó el artículo 37 bis del Decreto-Ley 9.533/80, estableciendo la figura del Permiso de Uso y Tenencia Precaria, el cual podrá ser otorgado de manera gratuita u onerosa.
Esta medida tiene como objetivo principal ordenar las distintas situaciones de ocupación existentes y establecer criterios comunes para la administración de estos territorios. El nuevo esquema abarca a las islas del litoral fluvial y marítimo de la Provincia y a la Isla Martín García. La normativa subraya que estos inmuebles forman parte del dominio público y que los permisos otorgados no implicarán, bajo ninguna circunstancia, una transferencia de la titularidad estatal.
El Delta Bonaerense comprende unas 300.000 hectáreas, equivalentes a aproximadamente 3.000 kilómetros cuadrados, las cuales se encuentran distribuidas entre nueve municipios. Entre los fundamentos del decreto, el Gobierno bonaerense señaló la necesidad de compatibilizar los antiguos regímenes de ocupación y colonización de tierras isleñas con el actual marco jurídico, además de fortalecer las herramientas de planificación y control sobre estos territorios.
Creación del registro y coordinación
Uno de los cambios más significativos es la creación del Registro de Islas Bonaerenses de Dominio Público, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Gobierno. Este nuevo organismo tendrá a su cargo la inscripción y centralización de toda la información vinculada con el uso y la tenencia de los inmuebles públicos en las islas. Asimismo, trabajará en estrecha coordinación con el Registro de Bienes Inmuebles de Dominio Público, que depende del Ministerio de Economía.
Con el fin de integrar la información y simplificar su gestión, la medida dispone la derogación del Decreto 942/20, que había creado el Registro de Bienes de Dominio Público del Delta.
Participación municipal y adecuación normativa
El régimen contempla que los municipios puedan recibir permisos de uso y tenencia precaria sobre inmuebles isleños. De manera excepcional, y cuando las características del territorio lo justifiquen, los gobiernos locales podrán otorgar el uso de esos inmuebles a terceros, aunque deberán contar previamente con la autorización de la autoridad provincial de aplicación.
Según los fundamentos de la norma, la participación municipal apunta a aprovechar la cercanía de los gobiernos locales con el territorio para avanzar en relevamientos, regularizar situaciones de hecho y diseñar estrategias de gestión.
La normativa no se limita a futuras autorizaciones. El decreto establece que los permisos de uso otorgados anteriormente bajo el Decreto-Ley 9.533/80, así como las solicitudes que se encuentren en trámite al momento de la entrada en vigencia del nuevo régimen, deberán adecuarse a las pautas establecidas. Finalmente, la autoridad de aplicación deberá intervenir en los trámites vinculados con la aprobación de planos de mensura y subdivisión de inmuebles ubicados en las islas.
Más de 144 años escribiendo la historia de Tandil