Reglamentaron la ley que establece medidas de seguridad para clubes y plazas en la Provincia
La normativa busca prevenir accidentes mediante la regulación de la instalación y mantenimiento de arcos, aros de básquet y juegos recreativos en establecimientos públicos y privados.
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La Provincia de Buenos Aires oficializó este miércoles 4 de noviembre de 2026 la reglamentación de la Ley 15.618, la cual dispone estrictas medidas de seguridad para la instalación, sujeción y mantenimiento de diversos elementos recreativos y deportivos. La normativa, publicada en el Boletín Oficial, tiene como objetivo central prevenir accidentes y proteger la integridad física de niños, niñas y adolescentes en todo el territorio bonaerense.
El decreto abarca a todos los establecimientos públicos y privados, sin importar su forma jurídica, que cuenten con instalaciones como arcos deportivos, aros de básquet, postes de redes de vóley y juegos de plaza. Aunque la norma no enumera categorías específicas como clubes o escuelas, los incluye bajo la definición general de establecimientos alcanzados por la medida.
Exigencias técnicas y de seguridad
Entre las disposiciones más relevantes, se destaca la obligatoriedad de contar con sistemas de sujeción, anclaje o contrapeso, ya sean permanentes o removibles, para aquellos arcos de fútbol, hockey y handball que superen los 20 kilos de peso. Del mismo modo, los aros de básquet con pie deberán disponer obligatoriamente de un sistema de contrapeso.
La reglamentación también exige que, en caso de utilizar elementos removibles, las instituciones garanticen un espacio adecuado para su almacenamiento o, en el caso de los arcos, su aseguramiento en posición horizontal. Asimismo, se deberán instalar protectores acolchonados en pisos, columnas, paredes y postes para amortiguar impactos en las áreas deportivas y recreativas.
Responsabilidades y control
La normativa asigna roles específicos a los organismos provinciales. La Dirección General de Cultura y Educación, a través de los Consejos Escolares, junto a los ministerios que tengan bajo su órbita espacios públicos, deberán implementar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la ley.
Por su parte, los municipios actuarán como autoridad de aplicación, siendo responsables de la verificación periódica de las condiciones de seguridad. Entre sus funciones, deberán establecer mecanismos de habilitación y certificación emitidos por profesionales matriculados, además de coordinar acciones con asociaciones deportivas y entidades intermedias.
Finalmente, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, mediante la Subsecretaría de Deportes, brindará asistencia técnica a los municipios para la correcta aplicación de esta normativa.
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