Un trabajador sufrió un infarto en su empleo y la ART deberá pagar una indemnización millonaria
Un Tribunal del Trabajo determinó que la falta de asistencia médica adecuada durante una emergencia cardíaca en el lugar de trabajo constituye un accidente laboral por ocasión.
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Un Tribunal del Trabajo resolvió un caso de alto impacto en el ámbito laboral de La Plata al reconocer como accidente de trabajo por ocasión un episodio sufrido por un empleado durante su jornada. Como consecuencia de las graves secuelas de salud que padece el trabajador, la ART fue condenada a abonar una indemnización millonaria.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa causa fue iniciada por el abogado Matias Martínez, quien presentó una demanda por daños y perjuicios contra la empresa y la aseguradora. Según el expediente, el trabajador ingresó a la firma en 2009 y, desde 2021, cumplía turnos rotativos que, según su planteo, afectaron su vida familiar y le generaron un cuadro de estrés.
El hecho ocurrió el 24 de noviembre de 2021, cuando César Fernández se encontraba en la planta y comenzó a sentir un fuerte dolor en el pecho, mareos y malestar general. Al acudir a la enfermería del establecimiento, la encontró cerrada. Ante la ausencia de una ambulancia, fue trasladado en un remis hacia el Sanatorio Argentino, donde sufrió una descompensación cardíaca en el trayecto. El episodio derivó en una grave afectación neurológica, cuadriparesia y la necesidad de asistencia permanente.
Si hubiera recibido la atención adecuada y oportuna, las consecuencias podrían haber sido sustancialmente menores.
La representación legal del trabajador enfatizó que existieron fallas en la respuesta ante la emergencia. Por su parte, el Tribunal consideró que el caso debía ser calificado como accidente laboral por ocasión, al entender que las circunstancias en las que ocurrió —bajo organización del empleador y sin asistencia médica— agravaron el desenlace.
En la resolución, los jueces condenaron a la aseguradora a pagar una suma de 285.980.239,88 pesos, más intereses, lo que eleva el monto total liquidado a 351.246.415,17 pesos. Asimismo, se estableció el pago mensual de una prestación por gran invalidez. Desde la representación del trabajador destacaron que el fallo sienta un precedente al ampliar la protección laboral: “No solo deben repararse los daños causados directamente por el trabajo, sino también aquellos que se agravan porque la circunstancia de que el infortunio ocurrió en el trabajo y justamente esta circunstancia de hallarse en el trabajo fue lo que agravó las consecuencias dañosas y perpetuas que soportó el trabajador”.
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