Qué cambia con respecto al trabajo agrario tras la reforma laboral
Un repaso por el contenido de la Ley de Modernización Laboral y las modificaciones que realiza para fomentar el empleo en el sector rural.
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A través del decreto 137/2026 publicado ayer en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo nacional promulgó y puso en vigencia la Ley de Modernización Laboral 27.802 aprobada por el Congreso y que impone numerosos cambios en las legislaciones que rigen las relaciones entre empresarios y trabajadores, con el fin de fomentar un aumento del empleo registrado.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEsta reforma laboral, si bien aclara expresamente que no modifica la Ley de Trabajo Agrario particular, sí establece algunas pautas que impactan en el empleo rural.
En paralelo, activa el Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI), un marco que permitirá impulsar inversiones en el agro, entre otras cosas para incorporar equipos de riego o crecer en ganadería.
La reforma laboral y su impacto rural
Puntualmente, a grandes rasgos, la ley introduce modificaciones que impactan directamente en el régimen establecido por la Ley 26.727 (Estatuto del Peón Rural):
Compatibilidad de Regímenes: La ley aclara que las nuevas disposiciones de “modernización” son aplicables al trabajo agrario, siempre que no contradigan la naturaleza específica de la actividad.
Contratación por Bolsas de Trabajo: Se ratifica y facilita la gestión de las bolsas de trabajo de las asociaciones sindicales, pero se permite que el empleador pueda contratar personal de manera directa sin la obligatoriedad de acudir exclusivamente a ellas, buscando mayor libertad de contratación en épocas de cosecha.
Jornada y Descansos: Si bien se mantiene el régimen de descanso semanal, se flexibiliza la distribución de horas para adaptarse a ciclos biológicos o climáticos, permitiendo promedios de horas semanales siempre que se respete el descanso mínimo entre jornadas.
Vivienda y Alimentación: Se actualizan las pautas sobre las obligaciones del empleador en cuanto a las condiciones de habitabilidad, permitiendo que ciertos beneficios no remunerativos (como vivienda o comida) puedan ser compensados o gestionados mediante acuerdos específicos de modernización para reducir la litigiosidad.
Rol de la CNTA (Comisión Nacional de Trabajo Agrario): Se le otorga a la CNTA la facultad de adecuar las nuevas figuras de “colaboradores” o “fondo de cese” a las particularidades de las economías regionales.
Régimen de “solidaridad”: la nueva ley elimina la responsabilidad solidaria entre el empleador principal del trabajador rural y el contratista. (Infocampo).
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