ARCA actualizó las escalas del monotributo: cuáles son los nuevos topes de facturación
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó un incremento del 16,8 por ciento en los límites de facturación y en las cuotas mensuales, valores que regirán para la recategorización del segundo semestre de 2026.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó una actualización en las escalas del monotributo, estableciendo un incremento del 16,8 por ciento tanto en los topes de facturación como en las cuotas mensuales. Estos nuevos valores, que entrarán en vigencia para los pagos con vencimiento a partir de agosto, resultan fundamentales para el proceso de recategorización correspondiente al segundo semestre de 2026.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailSi bien el régimen simplificado evalúa los ingresos brutos acumulados durante los últimos 12 meses, desde el organismo aclararon que muchos contribuyentes utilizan una referencia mensual para monitorear su actividad y evitar exceder los límites de la categoría en la que se encuentran inscriptos. Aunque el parámetro oficial es de carácter anual, dividir dicho monto por doce permite obtener una guía orientativa para el control de la facturación a lo largo del año.
Cuánto se puede facturar por mes según cada categoría
Las escalas del monotributo se retocarán cuando se conozca la inflación de junio.
Tomando los nuevos topes anuales vigentes, estos son los montos orientativos de facturación mensual:
- Categoría A: hasta $1.000.784,20 por mes.
- Categoría B: hasta $1.466.265,23 por mes.
- Categoría C: hasta $2.055.874,53 por mes.
- Categoría D: hasta $2.552.387,62 por mes.
- Categoría E: hasta $3.002.352,61 por mes.
- Categoría F: hasta $3.762.638,28 por mes.
- Categoría G: hasta $4.499.649,91 por mes.
- Categoría H: hasta $6.827.055,03 por mes.
- Categoría I: hasta $7.641.646,83 por mes.
- Categoría J: hasta $8.751.043,27 por mes.
- Categoría K: hasta $10.550.903,23 por mes.
Parámetros adicionales para la permanencia
Desde ARCA recordaron que la permanencia en una categoría no se determina exclusivamente por el nivel de facturación. El organismo también considera otros factores determinantes, tales como la superficie afectada a la actividad económica, el consumo anual de energía eléctrica y el monto de los alquileres devengados, según corresponda a cada caso particular.
Asimismo, el ente recaudador analiza los ingresos devengados de los últimos doce meses, contabilizando las facturas emitidas en dicho período, independientemente de la fecha en que se hayan cobrado efectivamente. Por este motivo, superar el promedio mensual en un mes específico no implica de manera automática la exclusión del régimen, siempre que el total anual se mantenga dentro de los límites establecidos para la categoría correspondiente.
Finalmente, los contribuyentes que excedan los topes previstos deberán realizar la recategorización pertinente. En caso de superar el máximo permitido para el monotributo, los sujetos deberán pasar al régimen general de IVA y Ganancias, conforme a las normas vigentes establecidas por ARCA.
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