Daños y perjuicios en la construcción: claves legales para reclamar ante incumplimientos
El abogado Gastón Argeri explicó los plazos legales y la importancia de contar con documentación respaldatoria y contratos escritos al momento de iniciar acciones judiciales por obras mal ejecutadas o daños derivados de la actividad profesional.
En el ámbito del derecho civil, el concepto de daños y perjuicios ha trascendido las fronteras de los clásicos accidentes de tránsito.
Según explicó el abogado Gastón Argeri, “en la actualidad se observa un incremento significativo en las demandas vinculadas a la construcción y la responsabilidad profesional”.
Y agregó que “este tipo de conflictos surge, fundamentalmente, cuando arquitectos, constructores o maestros mayores de obra no cumplen con los estándares pactados o entregan trabajos con vicios ocultos que comprometen la seguridad y la habitabilidad de un inmueble”.
En el programa Plataforma Magazine, que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1, el especialista subrayó que, “ante la aparición de fallas estructurales, problemas en las instalaciones de gas o daños en ampliaciones previas, el damnificado tiene herramientas legales para reclamar”.
Sin embargo, el letrado aclaró que “el éxito de estas acciones depende en gran medida de la prolijidad con la que se haya formalizado el vínculo contractual desde el inicio”.
Argeri adviertió que, “aunque exista una relación de confianza o un vínculo previo con el profesional, es indispensable contar con un contrato escrito que detalle el objeto de la obra, los plazos de ejecución, los costos y las responsabilidades asumidas por cada parte”.
Uno de los puntos críticos que los ciudadanos deben considerar son los plazos de prescripción para iniciar una demanda. El abogado detalló que, “ante un arquitecto, la responsabilidad civil tiene un plazo de tres años, mientras que, al litigar contra una constructora, el Código Civil establece un periodo mucho más acotado, de apenas un año”.
Y en este punto, el abogado indico que “esta diferencia temporal es fundamental para no perder el derecho a reclamar, por lo que resulta imperativo contar con asesoramiento legal profesional desde el momento en que se detecta el perjuicio para evitar que los tiempos procesales jueguen en contra del afectado”.
La prueba es, sin duda, el pilar sobre el cual se asienta cualquier sentencia favorable. En este sentido, el doctor Argeri destacó la relevancia de las pericias técnicas, ya sean realizadas por ingenieros o mediante el trabajo de peritos informáticos.
“Estos últimos juegan un rol clave en la actualidad, ya que tienen la capacidad de recuperar conversaciones de mensajería instantánea que, en muchos casos, sirven para acreditar las promesas incumplidas o las órdenes dadas durante el desarrollo de la obra, incluso cuando el profesional intenta borrar el rastro digital de la comunicación”, describió el letrado.
Como ejemplo de la viabilidad de estos reclamos, el especialista mencionó un fallo reciente dictado en el Juzgado Civil y Comercial N°2 de Tandil, donde, en dicho proceso, “se condenó a una constructora a indemnizar a una familia por los daños ocasionados, incluyendo daños punitivos y daño moral. La sentencia, que alcanzó una cifra cercana a los 33 millones de pesos, demuestra que, cuando el daño es debidamente probado y la causa es planteada con rigor técnico, los jueces reconocen los derechos de los ciudadanos afectados por incumplimientos contractuales”, subrayó.
Finalmente, el abogado enfatizó que, “aunque los procesos judiciales pueden ser extensos y estar sujetos a apelaciones, la justicia cuenta con mecanismos para reparar el perjuicio sufrido”.
La recomendación central para cualquier persona que se encuentre ante una obra mal ejecutada es “no dejar pasar el tiempo y recopilar toda la documentación posible, desde presupuestos y contratos hasta registros de chats y fotografías”.
La clave, concluyó Argeri, “reside en la capacidad de demostrar ante el magistrado que el daño es real, concreto y que existe una responsabilidad directa por parte de quien ejecutó el trabajo”.