El Municipio desestimó el reclamo de una vecina por daños a su vehículo durante un operativo de tránsito
El caso se originó cuando el vehículo de la vecina, que se encontraba en posesión de su hija, fue secuestrado por agentes de tránsito
A través del Decreto Nº 3145/2025, publicado en el Boletín Oficial Municipal, el Municipio de Tandil resolvió desestimar el reclamo administrativo presentado por una vecina, que había denunciado daños a su automóvil durante un procedimiento de secuestro vehicular realizado el 28 de junio de 2025.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl caso se originó cuando el vehículo de la vecina, que se encontraba en posesión de su hija, fue secuestrado por agentes de tránsito en el marco del Acta de Infracción N° 042452 (causa 320070/25). Durante el traslado, el rodado sufrió daños al desengancharse de la grúa municipal, hecho que motivó el reclamo por parte de la propietaria.
La vecina intimó al Municipio mediante Carta Documento Andreani N° 4240179-4, solicitando el ingreso con personal técnico para constatar los daños y reclamar la eximición del pago por acarreo y guarda, además del resarcimiento por daños materiales, morales, psicológicos, lucro cesante y daño emergente. También pidió que se instruyera una investigación sobre la actuación del personal interviniente, denunciando supuestos malos tratos hacia su hija ante la justicia penal (I.P.P. N° 2996/25).
En el expediente electrónico EX-2025-00167449-MUNITAN-DCV#SPC, consta que el Director de Control Urbano Vehicular informó mediante IF-2025-00167525-MUNITAN-DCV#SPC que el siniestro fue denunciado ante la aseguradora Federación Patronal Seguros S.A.U., bajo el número 102-4-505646, dejando constancia de los daños visibles en la parte delantera del automóvil. Asimismo, indicó que desde el área se autorizó el ingreso con una persona especializada para evaluar el vehículo y que la titular fue eximida del pago de traslado y estadía.
Posteriormente, se verificó que la denunciante retiró el vehículo el 17 de septiembre de 2025, según la Nota NO-2025-00210315-MUNITAN-DCV#SPC, sin que se le aplicaran cargos, dado que el siniestro fue reconocido como “destrucción total”.
El Municipio también informó que el hecho fue denunciado ante la aseguradora Mercantil Andina S.A., compañía de la propia reclamante, la cual confirmó la existencia de cobertura por daños totales mediante la Póliza N° 015667303 y la denuncia de siniestro N° 5-0103-384-0051 del 4 de julio de 2025. La empresa comunicó que el trámite se encontraba en gestión y que la falta de pago de la indemnización respondía a documentación pendiente de presentación por parte de la titular del vehículo.
En los considerandos, la administración comunal concluyó que, si bien se verificó la ocurrencia del hecho —el desenganche del vehículo durante su traslado—, no se acreditó responsabilidad directa del Municipio, dado que el riesgo estaba cubierto por pólizas de seguro tanto de la comuna como de la interesada. Además, se señaló que no existió negligencia ni omisión por parte del personal municipal, ya que el siniestro fue denunciado en tiempo y forma, se permitió el acceso solicitado, y se eximió a la vecina del pago de los costos asociados.
Respecto de la denuncia penal por presuntos malos tratos y abuso de autoridad, el Municipio informó que se dispusieron actuaciones presumariales, conforme a la Ley N° 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo N° 09/2019, con el fin de determinar posibles responsabilidades administrativas o disciplinarias del personal interviniente.
Finalmente, con el dictamen favorable de la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría Legal y Técnica, que aconsejó la desestimación del reclamo indemnizatorio, el intendente interino Juan Pablo Frolik dictó el Decreto Nº 3145/2025, refrendado por el secretario de Gobierno, Miguel Ángel Lunghi (H), disponiendo su publicación en el Boletín Municipal y la notificación correspondiente a la interesada.
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