El Municipio rechazó un reclamo por daños en un auto secuestrado por Tránsito
Un vecino había denunciado roturas en la parte inferior de su Renault Clio al retirarlo del Corralón Municipal. El Ejecutivo consideró que no había pruebas suficientes para determinar que los desperfectos se produjeron durante el traslado o la permanencia del vehículo bajo custodia municipal.
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El Municipio de Tandil desestimó un reclamo administrativo presentado por un vecino, quien había solicitado un resarcimiento económico por daños que, según manifestó, encontró en su automóvil luego de retirarlo del depósito del Corralón Municipal.
La decisión quedó formalizada mediante el Decreto Nº 3188/2026, firmado por el intendente Miguel Lunghi, que rechazó el pedido al considerar que no se encontraba suficientemente acreditada la responsabilidad municipal en los desperfectos denunciados.
El caso se originó el 20 de diciembre de 2025, cuando el Renault Clio 1.2, tres puertas, fue secuestrado durante un procedimiento de tránsito realizado aproximadamente a la 1 de la madrugada. Diez días después, el 30 de diciembre, el vecino retiró el vehículo del depósito municipal y manifestó haber advertido plásticos sueltos y rotos en la parte inferior izquierda, del lado del conductor.
El propietario atribuyó los daños al traslado del automóvil o a su permanencia bajo custodia municipal. Para respaldar el reclamo, presentado el 5 de febrero de 2026, acompañó fotografías de los desperfectos, documentación sobre la titularidad del vehículo y un presupuesto de repuestos.
Sin observaciones
Sin embargo, la Dirección de Control Vehicular informó que el interesado no había formulado observaciones sobre el estado del rodado al momento de retirarlo. Además, señaló que el procedimiento de enganche para el traslado se realiza desde el eje delantero y que las fotografías aportadas no habían sido tomadas en el predio donde se depositan los vehículos secuestrados.
Entre la documentación incorporada al expediente figuraba el acta de levantamiento del secuestro, firmada por el denunciante y por el agente interviniente. En ese documento se dejó constancia de que el propietario recibía el vehículo en conformidad con su estado.
Para el Ejecutivo, aunque esa firma no permitía descartar por sí sola la existencia de daños que pudieran haber pasado inadvertidos durante la restitución, constituía un elemento relevante porque no se habían registrado observaciones contemporáneas sobre los desperfectos denunciados.
El decreto también consideró que las fotografías no permitían determinar con certeza cuándo, dónde ni de qué manera se habían producido las roturas. En tanto, el presupuesto de repuestos daba cuenta de valores estimativos, pero no acreditaba el origen de los daños ni su vinculación con la custodia municipal.
Sin relación
A partir de esas consideraciones, el Municipio concluyó que no existían elementos suficientes para establecer una relación de causalidad entre los desperfectos y el funcionamiento del servicio municipal, ya fuera por el procedimiento de traslado o por una eventual irregularidad durante la permanencia del automóvil en el depósito.
La Dirección de Asuntos Jurídicos Administrativos de la Secretaría Legal y Técnica intervino en el expediente y recomendó desestimar la presentación. El intendente hizo propio ese criterio y dispuso el rechazo formal del reclamo mediante el artículo primero del decreto, que también ordenó notificar al interesado y archivar las actuaciones.
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