En sesión exprés. el Concejo Deliberante aprobó las modificaciones de la ordenanza para el control de motos
Todos los detalles de la modificación de la normativa.
En una sesión especial -y express, ya que duró apenas minutos- el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la modificación de dos artículos de la llamada “Ordenanza de motos”, normativa que prevé controlar ruidos y otras molestias ocasionadas por motociclistas.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl Concejo modificó los artículos 6 y 14 de la legislación a pedido de los jueces de Faltas ya que tales incisos refieren al accionar de los magistrados. En concreto, se eliminó el párrafo que marcaba que tras una orden de allanamiento, “el Juez/a de Faltas deberá someter la misma a control judicial competente”. Es decir, se sometía lo dispuesto por Faltas a la observación de la justicia ordinaria.
Los jueces habían solicitado el cambio “con el fin de mejorar la operatividad y adecuar su aplicación práctica”, en el marco de un encuentro con los integrantes de la Comisión de Seguridad del Concejo Deliberante. El concejal Manazzoni fue quien propuso la sesión especial para el tratamiento exclusivo de la modificación.
Tal como informó El Eco de Tandil, la mayor parte de los integrantes de la mencionada comisión, junto al presidente del cuerpo Juan Pablo Frolik, entendieron que la modificación evitará la reglamentación y la demora para otorgar la herramienta que reclamaba con vehemencia la secretaria de Protección Ciudadana, Alejandra Marcieri.
La “ordenanza de las motos” faculta a los jueces de Faltas a “disponer medidas de allanamiento con ocupantes en caso de evasión y/o fuga de los controles de tránsito o de la advertencia de la falta por parte del conductor”. Además del cambio en el artículo 6, el Concejo Deliberante modificó el artículo 14, que refiere a la documentación requerida al titular para la recuperación del vehículo secuestrado.
“Las ordenanzas llevan su tiempo”
De la sesión especial participaron los concejales Nicolás Carrillo, Severiano Mon, Noelia Domenighini, Federico Martínez –de Fuerza Patria-, Natalia Chacón –del MID-, Juan Manazzoni .del PRO-, Juan Salceda, María Haydeé Condino, Guillermina Cadona, Mario Civalleri, Matías Tringler, Andrea Pezzi –de UCR-, Luján Fiego –de Acción Tandilense/La Libertad Avanza-, y Rosana Florit y Matías Meli de Alternativa Tandil.
En diálogo con El Eco, Domenighini –parte de la Comisión de Seguridad-, marcó sus observaciones con respecto a la modalidad de la modificación votada, pero señaló también que más allá de disidencias, “uno tiene que poner como foco al ciudadano. Y hoy el ciudadano está con la necesidad de que este tema se resuelva, aspira que esta ordenanza va a ser una solución, y en ese sentido me parece que tenemos que corrernos del tecnicismo muy puntual, o de la interpretación de la norma, o de lo que opina cada uno para dar pie a la garantía de seguridad de los ciudadanos”.
La concejal sostuvo además que “había un apuro de parte del Ejecutivo por sacar la ordenanza. Y no está bueno cuando las cosas se hacen a las apuradas. Es una ordenanza y lleva su tiempo. Por más que hayan pasado cuatro meses, si tiene que llevar seis meses ¿Qué vas a hacer?”.
Señaló que si bien desde su bloque habían solicitado que la ordenanza no requiera de reglamentación sino que “directamente pudiera ser operativa”, agregó que “parece que el Ejecutivo la quería reglamentar, así que esperemos a qué pasa con esa sanción”.
Con respecto a la modificación indicó que “la aclaración se hizo porque el control de legalidad no era para que los jueces debieran pedir un permiso para realizar el allanamiento, sino que ellos el allanamiento lo tenían que disponer y por eso decía ‘a posteriori de disponer el allanamiento’. Y posteriormente a eso se solicitaba como una especie de control de legalidad de la justicia ordinaria para ver que hubiera sido dictado por los jueces de Falta de manera competente, de acuerdo a como lo decía la ordenanza que debía ser el procedimiento. Tanto para cubrirlos a ellos, por un lado, porque estaba tan discutido el tema del allanamiento y la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma, y también a los ciudadanos sobre los cuales recaía ese allanamiento. Ese era el objetivo puntual”.
En la misma línea explicó que “ellos interpretaban que en realidad ese control de legalidad debía ser anterior a hacer el allanamiento, como que le tenían que pedir un permiso. Ese no fue el espíritu de la ordenanza, o de ese artículo, puntualmente. No obstante eso, como directamente ya nos anticipaban que no la iban a aplicar tal como estaba redactada, más allá de las diferencias uno tiene que poner el foco en el ciudadano.”
Redactor El Eco de Tandil