Causa AMIA: procesaron a ocho ciudadanos iraníes y libaneses bajo el régimen de juicio en ausencia
El juez federal Daniel Rafecas dictó el procesamiento de ocho acusados por el atentado a la AMIA, aplicando la ley de juicio en ausencia y estableciendo embargos millonarios.
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El juez federal Daniel Rafecas procesó a ocho ciudadanos iraníes y libaneses acusados de participar en la organización y ejecución del atentado contra la sede de la AMIA. El magistrado dispuso embargos por 500 millones de dólares para cada uno de los implicados.
La resolución, que cuenta con más de 600 páginas, fue dictada bajo el régimen de juicio en ausencia establecido por la ley 27.784. Esta normativa permitió avanzar en el proceso judicial a pesar de que los acusados permanecen prófugos en el extranjero.
Según la reconstrucción judicial, la decisión de perpetrar el ataque fue adoptada en agosto de 1993 por las máximas instancias del régimen iraní. La ejecución fue encomendada a Hezbollah, organización que operó mediante una red de apoyo con base en la Triple Frontera.
Como autores mediatos fueron procesados Ali Fallahijan, exministro de Inteligencia iraní; Ali Velayati, exministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, excomandante de la Guardia Revolucionaria, y Ahmad Vahidi, comandante de la fuerza Al Quds. Asimismo, se procesó como cómplices necesarios a Hadi Soleimanpour, exembajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, exconsejero cultural de la embajada; Ahmad Asghari, agente de inteligencia, y Salman Raouf Salman, identificado como Samuel El Reda, agente libanés de Hezbollah.
El fallo detalla que los responsables adquirieron una camioneta Renault Trafic el 10 de julio de 1994, la cual fue acondicionada con 300 kilos de amonal y TNT. El 18 de julio, el vehículo fue utilizado para el ataque que dejó 85 muertes y 151 heridos. Rafecas calificó el hecho como un crimen de lesa humanidad y genocidio.
El magistrado dictó la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. Por otra parte, no se trató la situación de Alí Khamenei, Imad Mughniyeh ni Ali Hussein Abdallah, debido a que constan como fallecidos. La resolución podrá ser apelada por la Defensa Oficial antes de avanzar hacia el juicio oral.