La Justicia obligará a las petroleras a informar previamente los aumentos de precios a Nación
Un fallo federal declaró la nulidad de una resolución que eliminaba el sistema de información de precios, tras un amparo presentado por el Cepis.
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Un fallo de la Justicia federal determinó que las petroleras deberán informar de manera previa los aumentos en los combustibles al Ministerio de Economía de la Nación. La medida surge a raíz de una presentación judicial realizada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis), que logró que se declare la inconstitucionalidad de una normativa vigente.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl amparo colectivo contra el Estado Nacional fue tramitado en el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 2 de La Plata, que se encuentra interinamente a cargo del juez federal Alejo Ramos Padilla. La resolución judicial declaró la nulidad de la resolución 717/25 del Ministerio de Economía Nacional, la cual había derogado en 2025 la resolución 314/16 del entonces Ministerio de Energía y Minería de la Nación.
Dicha derogación había dejado sin efecto el denominado “Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor”. Esta herramienta, implementada originalmente por el exministro de energía Juan José Aranguren, tenía como objetivo centralizar y transparentar los valores de venta al público en las bocas de expendio de todo el país, facilitando la comparación y fomentando la competencia en el mercado minorista.
El sistema no solo garantizaba que la información fuera de carácter público, sino que también establecía un canal de denuncias para que los usuarios pudieran reportar inconsistencias entre los precios informados y los efectivamente cobrados. Para el Cepis, la eliminación de esta herramienta representó un retroceso en la protección de los consumidores al reducir la transparencia y dificultar el control ciudadano y estatal.
Por su parte, el Estado Nacional rechazó los argumentos de la organización demandante. Sostuvo que la información sobre los precios continúa disponible a través de otros mecanismos oficiales y plataformas digitales, argumentando que la eliminación de la obligación de informar cada modificación no vulnera el derecho constitucional de acceso a la información ni disminuye los controles existentes.
Al evaluar la admisibilidad de la acción colectiva, el juzgado consideró que el planteo involucra derechos de incidencia colectiva. La sentencia subraya que el proceso busca determinar si la derogación del régimen que obligaba a informar rápidamente las actualizaciones de precios afecta potencialmente a todos los consumidores de combustibles del país.
En paralelo, en la Legislatura bonaerense avanza un proyecto impulsado por la diputada Ayelén Rasquetti, que propone exigir un aviso con 72 horas de anticipación ante cualquier actualización en los valores de los combustibles.
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