La reforma laboral fue promulgada y comenzó a regir en todo el país
La nueva ley modifica aspectos centrales de la relación laboral, como indemnizaciones, jornada de trabajo, convenios colectivos y sistema de registración de empleados.
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La reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional fue promulgada y ya rige en todo el país. La norma comenzó a aplicarse desde este viernes, luego de que el decreto 137/2026 estableciera la puesta en vigencia de la Ley Nº 27.802, publicada en el Boletín Oficial.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailSe trataba de una de las prioridades del Gobierno para el período de sesiones extraordinarias. La iniciativa introduce cambios en distintas normas que regulan el trabajo, desde la contratación y el pago de salarios hasta el régimen de vacaciones, despidos e indemnizaciones, en muchos casos vigentes desde hace más de 50 años.
El decreto lleva la firma del presidente Javier Milei y fue refrendado por Manuel Adorni y Sandra Pettovello, dos de los ministros más cercanos al mandatario.
La ley cuenta con 25 capítulos y fue promulgada luego de que el Senado aprobara la versión modificada por la Cámara de Diputados, que eliminó el artículo que disminuía el pago de salarios a trabajadores que sufrían accidentes fuera del ámbito laboral.
Cambios en la legislación laboral
La iniciativa fue aprobada por el Senado con 42 votos a favor y 28 en contra, después de haber sido modificada previamente en Diputados. Con ese paso legislativo, el oficialismo logró avanzar con uno de los proyectos más relevantes de su paquete de reformas económicas.
Según el Gobierno, el objetivo de la nueva legislación es “modernizar” el marco regulatorio del trabajo y generar condiciones que favorezcan la creación de empleo formal.
La normativa introduce modificaciones en distintos aspectos de la relación laboral, como el sistema de indemnizaciones, la organización de la jornada de trabajo, el régimen de registración de empleados y el funcionamiento de los convenios colectivos.
Uno de los puntos centrales es la posibilidad de que los convenios colectivos establezcan sistemas alternativos al esquema tradicional de indemnización por despido. Entre ellos se contempla la creación de fondos de cese laboral financiados por aportes patronales.
El Fondo de Asistencia Laboral
Entre los mecanismos incorporados aparece el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema obligatorio mediante el cual el empleador aportará mensualmente entre 1% y 2,5% de la masa salarial a una cuenta individual destinada a cubrir futuras indemnizaciones por despido.
Durante el debate legislativo, sectores de la oposición señalaron que el funcionamiento del FAL podría afectar los recursos del sistema previsional estatal.
Indemnizaciones y despidos
La ley redefine el cálculo de las indemnizaciones por despido sin causa y establece nuevos mecanismos de actualización para los créditos laborales. Según el texto aprobado, la actualización se realizará tomando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un interés anual del 3%.
Además, se fijó que la indemnización no podrá superar tres veces el salario promedio mensual establecido en cada convenio colectivo de la actividad, mientras que el piso será del 67% de la remuneración habitual.
La norma también habilita la posibilidad de pagar indemnizaciones en cuotas, con plazos mayores para las pequeñas y medianas empresas.
Cambios en la jornada laboral
Otro aspecto relevante de la reforma está vinculado con la organización del tiempo de trabajo. La normativa habilita esquemas más flexibles para distribuir la jornada laboral mediante acuerdos entre empleadores y trabajadores.
Entre los mecanismos contemplados se encuentra el banco de horas, que permite concentrar más horas de trabajo en determinados períodos y compensarlas luego con días de descanso o menor carga laboral.
Este sistema habilita reorganizar las horas trabajadas sin recurrir necesariamente al pago de horas extras, siempre que exista un acuerdo previo dentro del convenio correspondiente.
Convenios, salario y vacaciones
La ley también modifica aspectos de la negociación colectiva. Los convenios por empresa tendrán mayor peso que los acuerdos por sector, algo que, según el Gobierno, podría beneficiar a las pequeñas y medianas empresas.
Asimismo, se podrán pactar distintas modalidades para el otorgamiento de vacaciones, que podrán tomarse de manera continua o fraccionada, aunque nunca en períodos menores a siete días.
Las vacaciones tampoco se incluirán en el cálculo de una eventual indemnización por despido.
Entre las novedades aparece también el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos y vinculará parte de la remuneración al rendimiento o mérito individual del trabajador.
Además, se estableció que el pago de los salarios deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.
Debate político y sindical
Desde el oficialismo sostienen que la reforma apunta a dinamizar el mercado laboral, reducir la litigiosidad y facilitar la contratación en el sector privado.
Durante el debate legislativo se planteó la necesidad de reducir lo que desde el Gobierno denominaron la “industria de los juicios laborales”, estableciendo criterios más claros para determinar indemnizaciones y eliminando algunas multas vinculadas al empleo no registrado.
Sin embargo, sindicatos y sectores de la oposición cuestionaron la iniciativa, al considerar que implica una flexibilización de derechos laborales históricos.
De esta manera, la reforma laboral impulsada por el Gobierno del presidente Javier Milei comenzó a regir plenamente desde este viernes 6 de marzo de 2026.