El Gobierno eliminó restricciones fiscales a empresas radicadas en Tierra del Fuego
A través del Decreto 535/2025, se busca generar una mayor competitividad y oferta en el mercado interno.

El pasado lunes, el Gobierno nacional concretó la eliminación de limitaciones fiscales sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias para empresas radicadas en Tierra del Fuego. La medida fue oficializada a través del Decreto 535/2025 publicado en el Boletín Oficial.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa iniciativa busca bajar los costos en las ventas directas a consumidores finales desde el Área Aduanera Especial (A.A.E.), con el objetivo de generar una mayor competitividad y una suba de la oferta en el mercado interno.
Al respecto, la normativa argumentó la decisión “con el fin de remover los obstáculos que afectan la competitividad de la industria fueguina y asegurar una mayor oferta de los productos originados en dicha jurisdicción”.
Las restricciones eliminadas imponían condiciones al cómputo del crédito fiscal presunto en IVA. Al mismo tiempo, también limitaban deducciones y beneficios en Ganancias, particularmente en operaciones con consumidores finales, empresas vinculadas o intermediarios.
El Decreto 535/2025 explicó que dichas limitaciones fiscales “operan como un factor que resta competitividad a los productos fabricados en el Área Aduanera Especial (A.A.E.), afectando la sostenibilidad del polo industrial”.
Por otra parte, remarcó que “el actual contexto macroeconómico nacional, signado por la consolidación de un programa de estabilización, la reactivación de la actividad económica y la implementación de políticas de apertura comercial y desregulación, ha modificado sustancialmente las condiciones de competencia para la industria argentina en general y para la radicada en el A.A.E. en particular”.
De esta manera, el Gobierno nacional consideró que “frente a este escenario de desventaja competitiva identificado, a partir de la experiencia recogida y a la luz del análisis del comportamiento del flujo comercial entre el A.A.E. y el Territorio Continental de la Nación (T.C.N.), se considera conveniente optimizar la articulación del régimen industrial, teniendo en cuenta la dinámica actual entre ambas regiones”.
En esa misma línea, estimó oportuno “adoptar medidas que fortalezcan y dinamicen la actividad de las empresas que han asumido el compromiso de acompañar los objetivos estratégicos de desarrollo planteados en el Decreto N° 727/21”. Esto se logrará con la adhesión a la citada norma, que prorrogó la vigencia del régimen de promoción industrial hasta el 31 de diciembre de 2038.
Todas las empresas beneficiarias deberán acreditar que sus productos son originarios del Área Aduanera Especial, conforme lo establece la Ley 19.640, para aplicar al nuevo tratamiento tributario durante el plazo de vigencia de la promoción.