Recategorización del Monotributo: ¿a quiénes alcanza y cómo se puede apelar?
Se trata de una obligación semestral que deben cumplir los contribuyentes adheridos al régimen. Se realiza en febrero y agosto.
:format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributo.jpeg)
Febrero, mes de recategorización para los monotributistas y denuncias de aviso de cambios de categoría compulsivos por parte de ARCA. Pero la Oficina de Respuesta Oficial del Gobierno tildó de “falso” un artículo de Página 12 titulado “Recategorización ilegal a monotribustistas”, y que lleva por bajada el siguiente texto: “ARCA aplica una suba arbitraria de la cuota que perjudicaría a 4 millones de contribuyentes”.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn la respuesta del Gobierno a través de la red social X, dice el posteo, “en estos días circularon versiones que indican que ARCA estaría usando transferencias personales o movimientos familiares de billeteras virtuales para recategorizar monotributistas de manera ‘ilegal’. Esto es categóricamente FALSO”. Y sigue el texto, la desmentida oficial.
Lo cierto es que la recategorización del Monotributo es una obligación semestral que deben cumplir los contribuyentes adheridos al régimen simplificado. El trámite se realiza en febrero y agosto y consiste en evaluar si, de acuerdo con los parámetros de los últimos doce meses, corresponde mantener la categoría actual o modificarla. Para eso, explica ARCA, se toman en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, la superficie afectada a la actividad y, en caso de corresponder, el monto de los alquileres devengados.
Pero en el texto publicado hoy por el Gobierno, se insiste en que “ARCA no utiliza transferencias personales (préstamos, regalos, propinas, dinero propio transferido entre cuentas, etc.) para recategorizar. Lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas. Se miran cobros, no transferencias”.
En estos casos, dice ARCA, cuando se “detecta que un monotributista cobró por medios electrónicos más de lo que facturó, se envía una notificación y se otorgan quince días para justificar esos ingresos. Solo si no hay justificación, puede corresponder una recategorización. Además, la información sobre transferencias solo se reporta a partir de montos muy elevados: ARCA no recibe información de transferencias por debajo de 50 millones de pesos mensuales”.
Monotributo, la recategorización
El procedimiento de recategorización, siempre de acuerdo con la agencia de recaudación, se realiza de manera online a través del portal de Monotributo con clave fiscal. El sistema suele ofrecer una propuesta automática basada en la facturación registrada, lo que permite confirmar la categoría sugerida o modificar los datos si fuera necesario. Quedan exceptuados de recategorizarse quienes mantengan los mismos parámetros y aquellos contribuyentes que no hayan cumplido seis meses completos de actividad.
Pero, advierte la web, cuando el contribuyente no realiza el trámite en término o cuando el organismo detecta inconsistencias entre la categoría declarada y la información disponible -por ejemplo, movimientos bancarios o gastos superiores a los límites permitidos- la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) puede disponer una recategorización de oficio. Esta decisión se notifica en el Domicilio Fiscal Electrónico y detalla los fundamentos del cambio.

¿Cómo se puede apelar la recategorización del Monotributo?
Frente a esa situación, el monotributista tiene derecho a apelar. El primer paso es revisar la notificación recibida y verificar los motivos invocados por el organismo. Si considera que la recategorización no corresponde, puede presentar una apelación dentro de los quince días hábiles administrativos posteriores a la notificación. La presentación se realiza a través del servicio “Presentaciones Digitales”, ingresando con clave fiscal y seleccionando el trámite “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”.
Allí se debe fundamentar el reclamo de manera clara y precisa, explicando por qué los parámetros considerados no reflejan la realidad de la actividad. Es clave adjuntar documentación respaldatoria, como facturas emitidas, contratos, constancias bancarias u otros comprobantes que permitan demostrar el encuadre correcto.
Si el plazo de quince días ya hubiera vencido, aún es posible interponer un recurso fuera de término mediante la misma plataforma, aunque en este caso la situación procesal puede resultar más compleja. En cualquier caso, la revisión administrativa permitirá que el organismo analice nuevamente los datos antes de que la recategorización quede firme.
De no presentarse ningún recurso, la nueva categoría asignada de oficio quedará confirmada y el contribuyente deberá abonar el importe correspondiente a partir del período indicado en la notificación, con los ajustes que pudieran derivarse. Por eso, especialistas recomiendan controlar periódicamente el Domicilio Fiscal Electrónico y conservar ordenada la documentación de la actividad.
De nuevo al descargo oficial en la red X, “no se controlan transferencias personales hasta 50 millones de pesos, no se recategoriza por dinero familiar o movimientos entre cuentas, se controlan cobros comerciales no facturados, el proceso es el mismo de todos los años”. Y a modo de cierre, “ante cualquier duda, siempre recomendamos revisar la notificación recibida y consultar por los canales oficiales”.
El mes pasado ARCA publicó la tabla del monotributo que está vigente desde este mes, con valores incrementados en un 14,29% respecto de los del semestre anterior. El impacto que la suba tiene en cada monotributista respecto de lo pagado hasta enero depende de si, después de la recategorización, quedó en la misma categoría en la que ya estaba, o si se trasladó a otra más alta o más baja.
Más de 143 años escribiendo la historia de Tandil