El Municipio rechazó un reclamo por faltantes en un auto secuestrado y apuntó a la Provincia como responsable de su custodia
Un vecino denunció la desaparición de distintos elementos de su Peugeot 307 al retirarlo del depósito judicial de Cerro Leones. El Ejecutivo desestimó el pedido de indemnización al considerar que el vehículo permaneció bajo guarda exclusiva del Ministerio de Seguridad bonaerense y que no existió responsabilidad municipal.
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El Municipio de Tandil rechazó el reclamo administrativo presentado por un vecino, quien había denunciado el faltante de diversos elementos de su automóvil al momento de retirarlo del Depósito Judicial Cerro Leones, donde permanecía alojado tras haber sido secuestrado por una infracción de tránsito.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa decisión quedó plasmada en el Decreto Nº 1898/2026, firmado por Miguel Lunghi, mediante el cual se desestimó el pedido indemnizatorio formulado por el propietario de un Peugeot 307.
Según la presentación realizada por el ciudadano, el 15 de octubre de 2025 concurrió al predio ubicado en Cerro Leones para recuperar el vehículo, una vez cumplidos los requisitos exigidos para su restitución. Allí advirtió la ausencia de distintos elementos del rodado y responsabilizó al Estado municipal por los faltantes.
Sin embargo, en los fundamentos del decreto, el Ejecutivo sostuvo que el automóvil había sido secuestrado el 16 de junio de 2025 y trasladado al depósito el 29 de agosto, establecimiento que depende del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y cuya custodia se encuentra a cargo de personal policial.
En ese sentido, se indicó que la participación de la Municipalidad se limitó a las tareas propias del control de tránsito: la constatación de la infracción, el secuestro preventivo, la confección de las actuaciones administrativas, el traslado al depósito y la posterior autorización para la entrega.
Asimismo, un informe de la Dirección de Control Urbano Vehicular señaló que al momento del ingreso del automóvil se confeccionó un inventario en el que se verificó la presencia de las cuatro ruedas y de la pantalla digital. La batería, en cambio, no pudo ser constatada debido a que el vehículo se encontraba completamente cerrado.
El decreto remarca que las actuaciones no permitieron establecer un vínculo directo entre los faltantes denunciados y una acción u omisión atribuible al Municipio, ya que, de haberse producido las sustracciones, habrían ocurrido mientras el automóvil permanecía bajo la exclusiva guarda de organismos provinciales.
La resolución también menciona el convenio de uso suscripto entre la Municipalidad y el Ministerio de Seguridad bonaerense para el funcionamiento del depósito judicial. En la cláusula novena de ese acuerdo se establece que la responsabilidad por eventuales daños a personas o bienes derivados de las actividades desarrolladas en el predio corresponde exclusivamente a la Provincia, manteniéndose indemne al Municipio frente a cualquier reclamo.
Con esos argumentos, la Secretaría Legal y Técnica concluyó que la comuna carecía de legitimación para responder por los hechos denunciados y que no existía una falta de servicio que permitiera atribuir responsabilidad patrimonial al Estado municipal.
De esta manera, el reclamo iniciado por el vecino fue rechazado y el expediente administrativo será archivado, aunque la resolución deja implícita la posibilidad de dirigir eventuales acciones contra los organismos provinciales encargados de la custodia de los vehículos secuestrados.
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