Restringen la circulación de camiones por el fin de semana largo del 9 de Julio
La medida alcanza a vehículos de transporte de cargas de más de siete toneladas en rutas provinciales y la Autopista Buenos Aires-La Plata. El objetivo es mejorar la seguridad vial y facilitar el tránsito durante el recambio turístico.
:format(webp):quality(40)/https://cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/ansv_control_camiones.webp)
El Ministerio de Transporte dispuso una nueva restricción para la circulación de vehículos de transporte de cargas de más de siete toneladas de porte bruto con motivo del fin de semana largo por el Día de la Independencia.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa medida regirá desde este miércoles en distintas rutas provinciales y en la Autopista Buenos Aires-La Plata, con el objetivo de mejorar la seguridad vial, ordenar el tránsito y reducir el riesgo de siniestros durante el recambio turístico.
Además, la disposición incorpora el viernes 10 de julio, declarado día no laborable con fines turísticos por el Gobierno nacional, a las medidas previstas para el feriado, luego de que esa fecha hubiera sido omitida por error en una resolución anterior.
La restricción se aplicará en los corredores comprendidos por la Resolución N° 85/26, que incluye las rutas provinciales 2, 11, 36, 56, 63, 74 y 88, además de la Autopista Buenos Aires-La Plata.
Los horarios establecidos son los siguientes: el miércoles 8 de julio, de 18 a 23.59, en sentido ascendente, es decir, de salida del Área Metropolitana de Buenos Aires; el jueves 9 de julio, de 6 a 14, también en sentido ascendente; y el domingo 12 de julio, de 14 a 23.59, en sentido descendente, correspondiente al regreso hacia el Área Metropolitana.
Desde la cartera de Transporte señalaron que la decisión responde al incremento previsto en la circulación de vehículos particulares durante el fin de semana largo, especialmente en los accesos a los principales destinos turísticos de la provincia de Buenos Aires, donde aumenta el riesgo de accidentes por la convivencia entre el tránsito liviano y los vehículos de gran porte.
No obstante, la medida mantiene las excepciones contempladas en la Resolución N° 5/26 para determinados transportes considerados esenciales, entre ellos los destinados al abastecimiento de productos perecederos y otras actividades estratégicas, con el fin de garantizar la continuidad de la producción y la distribución de bienes.
Más de 143 años escribiendo la historia de Tandil