Empleados de comercio acordaron un aumento del 5,7% y una suma extra de 50 mil pesos
La revisión paritaria establece tres tramos remunerativos del 1,9% entre octubre y diciembre. Además, los trabajadores cobrarán dos pagos extraordinarios de 25 mil pesos. Las partes volverán a reunirse en enero.
Los empleados de comercio tendrán un incremento salarial del 5,7%, distribuido en tres tramos, a partir del acuerdo firmado entre la representación sindical y las cámaras empresariales del sector. La revisión también contempla una suma extraordinaria de 50 mil pesos, que se abonará junto con los sueldos de octubre y noviembre.
El entendimiento fue suscripto por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
La actualización tiene carácter remunerativo y no acumulativo. Para calcular los incrementos se tomarán como referencia las remuneraciones básicas de septiembre de 2026, con las sumas no remunerativas vigentes en ese mes.
Cómo se aplicarán los aumentos
El cronograma establece un 1,9% a partir de octubre, otro 1,9% desde noviembre y un tercer tramo del 1,9% en diciembre.
Como los tres porcentajes se calculan sobre la misma base de septiembre, el incremento acumulado respecto de esa referencia será del 1,9% en octubre, del 3,8% en noviembre y del 5,7% en diciembre.
A esa actualización se agregará una suma extraordinaria de 50 mil pesos, por única vez y de carácter no remunerativo, dividida en dos cuotas. La primera, de 25 mil pesos, se liquidará junto con el sueldo de octubre; la segunda, por el mismo importe, se abonará con los haberes de noviembre.
De esta manera, durante los dos primeros meses del acuerdo los trabajadores percibirán tanto el aumento correspondiente sobre la base salarial como el pago extraordinario previsto para cada período.
Nueva revisión en enero
El entendimiento tiene vigencia desde el 1 de octubre de 2026 e incluye el compromiso de las partes de volver a reunirse en enero de 2027 para analizar las variaciones económicas que pudieran haberse producido.
El documento también incorpora una salvedad para la ciudad de Río Grande, en Tierra del Fuego. Allí, los incrementos no serán vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito local, aunque los valores resultantes constituirán el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
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