Reforma laboral: cuáles son las nuevas exigencias para el pago de salarios
El contador Nicolás Boglione analizó las modificaciones que introdujo la nueva legislación, las cuales otorgarán mayor visibilidad a los aportes patronales y establecerán la obligatoriedad del pago mediante cuentas bancarias.
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La reforma laboral comenzó a generar interrogantes concretas sobre la liquidación de haberes, la información que los trabajadores visualizarán en sus comprobantes y las modalidades de pago permitidas. En una entrevista brindada a Es por acá, por Punto a Punto Radio, el contador Nicolás Boglione repasó las modificaciones del nuevo marco normativo y advirtió que todavía restan aspectos pendientes de reglamentación.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailUno de los ejes centrales que destacó el profesional fue el nuevo nivel de detalle que deberá contener el recibo de sueldo. Según explicó, el documento no solo mostrará con claridad las remuneraciones, sino también los aportes retenidos y las contribuciones que realiza el empleador.
Se va a detallar todas las remuneraciones que percibe el trabajador, ya sea sueldo, antigüedad, presentismo, adicionales. Los aportes que efectúan, es decir, lo que el empleador tiene la obligación de retenerle en concepto de jubilación, PAMI, obra social, sindicato y a su vez una columna más en la cual se va a detallar todas las contribuciones, es decir, lo que el empleador paga por ese empleado, señaló Boglione.
Para el especialista, esta modificación buscó otorgar una mayor visibilidad sobre todos los componentes que integran una relación laboral formal. En la práctica, el empleado podrá identificar con precisión qué montos se descuentan o se aportan por fuera del salario de bolsillo.
Vamos a tener un recibo de sueldo posiblemente un poquito más grande, resumió, aunque aclaró que todavía no se estableció un plazo legal para que las empresas adecuen sus sistemas a estas disposiciones.
La obligatoriedad del pago bancario
Otro punto relevante que Boglione subrayó fue la forma de abonar los salarios. La reforma determinó que la remuneración debe depositarse en una cuenta bancaria a nombre del trabajador, bajo cláusula de nulidad. Esto implica que, según la letra de la ley, cualquier otro mecanismo de pago podría considerarse como no realizado.
Al respecto, el contador consideró que la redacción de la norma dejó fuera otras alternativas que en algunos casos aparecían en la práctica cotidiana. Asimismo, recordó que la cuenta sueldo se mantiene sin costos para el trabajador, aunque la operatoria no necesariamente resulta gratuita para la parte empleadora.
Registración y tareas puntuales
Durante la charla, se abordó la situación de las contrataciones por períodos breves, como un día, un fin de semana o una tarea específica. El profesional fue tajante al respecto y planteó que la clave reside en la naturaleza del vínculo y no en su duración.
Todo trabajador, toda persona que entre bajo relación de dependencia, esto es, que reciba órdenes, que cumpla un horario y que tenga que abonar por esa prestación, tiene que estar registrado, sentenció.
Finalmente, Boglione indicó que la reforma ya marca un camino hacia una mayor transparencia en la registración laboral y en la composición del salario, aunque el impacto pleno se conocerá una vez que se completen las reglamentaciones pendientes para su implementación definitiva.
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